Este 1 de septiembre, más de 1.7 millones de estudiantes regresan a las aulas en más de 6 mil instituciones educativas del régimen Sierra-Amazonía, dando inicio al año lectivo 2025-2026. Algo a tomar en cuenta es la normativa sobre el uso del celular en las instituciones educativas, establecida por el Ministerio de Educación.
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En abril de este año, esa cartera de Estado emitió el Acuerdo Ministerial Nro. MINEDUC-MINEDUC-2025-00015-A, en el que se define la normativa que regula el uso seguro de teléfonos celulares y dispositivos similares en las Instituciones Educativas del Sistema Nacional de Educación, en modalidad presencial y ordinaria, para todos los sostenimientos.
Entre otros aspectos, el documento se establece el uso y funcionamiento de estos aparatos dentro de las instituciones educativas estará sujeto a las disposiciones detalladas en dicho acuerdo.
También se detalla que estos dispositivos no serán considerados obligatorios ni parte de los útiles escolares. La provisión de los mismos será responsabilidad de los padres de familia o representantes legales, quienes deberán establecer reglas claras de uso con sus representados.
¿Quiénes pueden usar el celular?
Cada familia deberá decidir sus reglas de uso con los estudiantes, quienes pueden portar teléfonos celulares y dispositivos similares dentro de la institución educativa. Sin embargo, su uso seguro y funcionamiento dentro de las Instituciones Educativas estarán sujetos a las disposiciones que se detallan en acuerdo ministerial.
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Por tanto, el uso de teléfonos celulares y dispositivos similares será por niveles de educación:
- Nivel inicial: no permitido, ni recomendado por la evidencia recabada en la investigación documental y conclusiones de los estudios realizados para la emisión del Acuerdo.
- Subniveles de educación general básica preparatoria, elemental, media y superior: no permitido, ni recomendado por la evidencia recabada en la investigación de los estudios realizados para la emisión del Acuerdo.
- Nivel de educación de bachillerato: permitido únicamente para actividades pedagógicas y casos excepcionales detallados en el presente documento.
¿En qué casos los estudiantes pueden usar el celular?
El uso regulado de teléfonos celulares y dispositivos similares en el nivel de educación de bachillerato se lo realizará tomando en consideración los siguientes parámetros:
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Los teléfonos podrán ser autorizados por el docente para actividades pedagógicas de acuerdo con su planificación curricular, mismas que deberán ser supervisadas y acompañadas con el propósito de:
- Acceder a recursos educativos digitales.
- Participar en actividades interactivas de aprendizaje.
- Desarrollar proyectos colaborativos en entornos virtuales.
- Fortalecer competencias digitales y tecnológicas.
- Realizar investigaciones y consultas en línea.
Sin embargo, hay instituciones educativas privadas que han decidido prohibir el uso del celular, “de manera obligatoria en todos los niveles, incluyendo Bachillerato". La idea es garantizar un entorno seguro y libre de distracciones, prevenir riesgos como el ciberacoso, la exposición a contenidos inapropiados y la vulneración de la privacidad.
Cronograma de retorno escalonado
El regreso a clases será de manera escalonada, según el siguiente calendario:
- 1 de septiembre: Bachillerato e Inicial.
- 2 de septiembre: Educación General Básica Superior y Preparatoria.
- 3 de septiembre: Básica Media y Elemental.
Nueva materia
Este año lectivo 2025-2026 implementaremos en el currículo académico del régimen Sierra-Amazonía la inserción denominada: “Educación para la Seguridad”, diseñada para apoyar en la prevención de todo tipo de violencia, formando a los estudiantes en competencias sociales, éticas y ciudadanas y creando ambientes de aprendizaje seguros, inclusivos y protectores, con un enfoque integral y basado en derechos, ya que la educación previene riesgos, fortalece la convivencia pacífica y garantiza el bienestar y la permanencia estudiantil.