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¡Atención! Los servidores públicos que deberán registrar esta condición en su declaración patrimonial

La Contraloría exige nuevos reportes patrimoniales a funcionarios jerárquicos y expuestos políticamente, según ley vigente desde julio.

¡Atención! Los servidores públicos que deberán registrar esta condición en su declaración patrimonial
¡Atención! Los servidores públicos que deberán registrar esta condición en su declaración patrimonial. Imagen referencial

Desde el 1 hasta el 31 de agosto de 2025, los servidores públicos ecuatorianos que ostenten cargos de nivel jerárquico superior y sean considerados Personas Expuestas Políticamente (PEP) deberán presentar una nueva declaración patrimonial jurada ante la Contraloría General del Estado (CGE), conforme a la reforma legal vigente.

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Este requisito responde a la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos y de la Financiación de Otros Delitos, que modifica el régimen actual de control patrimonial.

¿Qué deben declarar los servidores públicos PEP?

Los funcionarios deberán reportar electrónicamente la siguiente información:

  • Cargos o funciones actuales fuera de la función pública (remunerados o no, en Ecuador o en el exterior).
  • Ingresos adicionales al salario público, detallando origen, tipo y valor.
  • Remuneración por el cargo que ejercen.
  • Sociedades, fideicomisos, bienes o estructuras jurídicas en las que el funcionario, su cónyuge o hijos menores sean beneficiarios finales.
  • Derechos de representación otorgados o adquiridos.

¿Quiénes son considerados PEP?

Según el reglamento emitido mediante Acuerdo No. 031-CG-2025 por el contralor Mauricio Torres, se incluyen:

  • Autoridades de elección popular.
  • Funcionarios jerárquicos desde el grado 5 al 10.
  • Gerentes, subgerentes y asesores de empresas públicas.
  • Militares y policías desde el rango de teniente coronel.
  • Alcaldes, vicealcaldes, concejales, prefectos, viceprefectos, gobernadores e intendentes.
  • Diplomáticos, embajadores, cónsules y representantes del Estado.
  • Magistrados, jueces, fiscales, vocales y funcionarios del Consejo de la Judicatura.
  • Asambleístas y sus suplentes.

La lista completa y guía oficial puede consultarse en el sitio web de la UAFE.

Obligación verificable y sancionable

La Contraloría General verificará el cumplimiento de esta obligación. El trámite es gratuito, digital y debe realizarse a través de la web oficial de la CGE. En caso de omisión o falsedad, el incumplimiento será considerado falta grave, con sanciones según la Ley Orgánica de Servicio Público.

Este nuevo marco busca fortalecer la transparencia en la administración pública y cerrar espacios a posibles conflictos de interés o lavado de activos.

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