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¿Qué propone la Ley de Solidaridad Nacional? Así busca Ecuador frenar el conflicto armado

El proyecto de ley aprobado por la Asamblea será remitido al Ejecutivo y busca frenar la violencia, reactivar la economía y fortalecer el respaldo a policías y militares.

Asamblea Nacional
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La Asamblea Nacional aprobó la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional. Esta norma, enviada con carácter económico urgente por el presidente de la República, Daniel Noboa Azin, establece medidas legales y fiscales para combatir el financiamiento de las mafias, proteger a la población civil, fortalecer las fuerzas del orden y reactivar económicamente las zonas afectadas por la violencia.

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Esta ley comprende un total de 18 artículos, cinco disposiciones generales, ocho reformatorias, cuatro transitorias, dos derogatorias y una disposición final. La Comisión de Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa lidera su tratamiento, con un enfoque integral que busca equilibrar seguridad, reactivación económica y defensa de derechos.

Incentivos tributarios para la reactivación económica

Según el proyecto, se establece que las donaciones de bienes inmuebles, equipamiento y suministros realizadas a la Policía Nacional y a las Fuerzas Armadas serán consideradas como un crédito tributario para el pago del impuesto a la renta causado por el contribuyente durante el período fiscal correspondiente.

Esto significa que, por ejemplo, si una empresa o persona natural entrega equipamiento o donaciones específicas a las fuerzas del orden, podrá deducir el valor de esos bienes hasta un límite del 30% del impuesto a la renta causado, sin derecho a devolución. El objetivo es incentivar que el sector privado colabore activamente con la seguridad y el fortalecimiento de las instituciones encargadas de combatir la delincuencia organizada.

Además, el proyecto prevé que el Presidente de la República tenga la facultad de establecer incentivos adicionales de manera discrecional, con el fin de viabilizar la reconstrucción social y la reactivación económica en las zonas afectadas por la violencia. Esta potestad permitirá ajustar los incentivos a las necesidades reales y a las prioridades del país, dotando de flexibilidad y adaptabilidad al régimen tributario.

El informe subraya que esta política no pretende generar un abuso de la normativa ni desvirtuar el espíritu de la ley. Una vez que se alcance el objetivo de fortalecer a las fuerzas del orden y restablecer la seguridad, las medidas tributarias podrán finalizar. Esto garantiza que el incentivo se utilice exclusivamente para combatir el crimen organizado y no como un mecanismo de beneficio sin control.

Endurecimiento penal con respeto a los derechos

Según el texto, no será necesario que exista un acto consumado por parte de las bandas organizadas para que las fuerzas del orden puedan intervenir y actuar con contundencia. Basta con que la persona sea miembro de un grupo armado organizado o que colabore de manera permanente o esporádica, incluso realizando tareas fungibles o secundarias, para que se configure el delito.

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Esta modificación responde a la urgencia de frenar la expansión y el impacto de las economías criminales. De acuerdo con el proyecto, la pertenencia o colaboración con estos grupos —aunque sea indirecta o no formal— se sancionará con penas privativas de libertad de entre veinte (20) y veintiséis (26) años.

Además, el texto contempla la posibilidad de un proceso penal unificado para delitos cometidos durante el conflicto armado interno, lo que permitirá a las autoridades judiciales y a los fiscales contar con herramientas legales y procesales más robustas para enfrentar esta amenaza.

Medidas cautelares y protección de policías y militares

La ley subraya que la prisión preventiva no será la regla general, buscando un equilibrio entre la firmeza de la respuesta estatal y el respeto a los derechos fundamentales. Asimismo, se amplió la figura de la aprehensión para incluir no solo fines investigativos, sino también de comparecencia.

El texto también aclara la figura del indulto anticipado para policías y militares, que podrá ser concedido desde la etapa de investigación previa hasta la etapa de impugnación. Esto brinda mayor seguridad jurídica a quienes actúan en la defensa del orden público.

Además, se incluyen otras protecciones significativas:

  • Exclusión de prisión preventiva, arresto domiciliario o grillete electrónico para policías y militares, evitando así que estos elementos puedan ser utilizados de manera injustificada contra quienes actúan en la defensa del Estado.
  • Facultad para realizar allanamientos sin orden judicial, respaldados por informes de inteligencia y bajo la supervisión de jueces especializados en corrupción y crimen organizado.
  • Autorización para el uso directo de la fuerza en enfrentamientos donde no existan personas o bienes protegidos como civiles, periodistas en misión o personal de la ONU.

No obstante, la ley establece límites claros para estas disposiciones. Quedan excluidos de los beneficios quienes se encuentren procesados por delitos graves como:

  • Delitos contra la administración pública.
  • Genocidio.
  • Tortura.
  • Desaparición forzada de personas.
  • Secuestro.
  • Homicidio por razones políticas o de conciencia.

Protección, definiciones y reforma judicial

La Ley de Solidaridad Nacional incluye definiciones clave, como las de grupo armado organizado y economías criminales, con el objetivo de dotar de mayor claridad y aplicabilidad a la normativa. Asimismo, se establece la protección amplia de bienes y personas protegidas, y se conserva la autorización del uso de la fuerza, enmarcándola en parámetros técnicos y proporcionales.

En línea con estos cambios, se incorpora una reforma al Código Orgánico de la Función Judicial para que sean los jueces de corrupción y crimen organizado quienes conozcan estos casos.

Una vez aprobado en el Pleno de la Asamblea Nacional, este proyecto de ley ha sido remitido al Ejecutivo para su sanción final o posible veto parcial o total, como lo establece el procedimiento legislativo ecuatoriano. Esta fase definirá la entrada en vigencia y la aplicación de estas medidas.

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