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¿Se puede cambiar de domicilio electoral para la Consulta Popular y Referéndum?

Ya hubo una fecha de corte

Imagen correspondiente a la segunda vuelta de las Elecciones Anticipadas 2023.
Imagen correspondiente a la segunda vuelta de las Elecciones Anticipadas 2023. (Ariel Ochoa)

Quienes deseen realizar el cambio de domicilio electoral, para modificar la ubicación del recinto donde le toca ejercer su derecho al voto, pueden hacerlo pero aplicará para las elecciones presidenciales de 2025. NO funcionará para la Consulta Popular y Referéndum del 21 de abril de 2024. Así lo aclaró el Consejo Nacional Electoral (CNE) ante la duda ciudadana.

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<b>“Solo los cambios de domicilio electoral realizados hasta el 20 de enero del presente año, aplican para el Referéndum y Consulta Popular”.</b>

Por tanto, las actualizaciones de domicilio posteriores a esta fecha, aplicarán para los comicios de 2025.

El cambio de domicilio electoral es un trámite gratuito que se puede realizar en las delegaciones provinciales electorales a escala o de la siguiente manera:

Paso a paso

  • Ingresar a www.cne.gob.ec/servicios-en-linea/ o puedes hacer clic aquí directamente.
  • Tendrás que crear una cuenta con tu cédula, nombres, apellidos, número de celular, correo electrónico y la confirmación del mismo. Igualmente, generar una clave.

Requisitos

  • Formulario de cambio de domicilio electoral firmado. Este se encuentra en el mismo sitio web.
  • Cédula de identidad o pasaporte escaneado.
  • Fotografía del rostro del ciudadano, quien deberá sostener su cédula de identidad.
  • Planilla de servicios básicos u otros documentos que identifiquen la dirección del domicilio civil. En el caso de Galápagos se incluirá el carné de residencia temporal o permanente.

Los ecuatorianos que habitan en el exterior, pueden acceder a estos servicios en las oficinas Consulares, por medio de correo postal o en el portal web institucional del CNE.

Calendario electoral

De acuerdo con el calendario electoral, los ecuatorianos sufragarán el domingo 9 de febrero de 2025, en primera vuelta; y, en caso de existir segunda vuelta, la votación será el domingo 13 de abril.

En este proceso democrático se deberá elegir presidente/a y vicepresidente/a de la República del Ecuador, asambleístas nacionales, provinciales, del exterior y parlamentarios andinos.

En cumplimiento a lo establecido en la Constitución, las autoridades electas se posesionarán en mayo de 2025 y ejercerán funciones durante los próximos 4 años.

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