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No se pueden hacer cobros extras por pagos con tarjetas, aclara Superintendencia

El precio para el pago con tarjeta crédito, será el mismo precio que al contado.

Tarjetas de crédito

La Superintendencia de Bancos emitió un pronunciamiento sobre los pagos realizados con tarjeta de crédito o débito. La institución aclaró que la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor establece el precio para el pago con tarjeta crédito, será el mismo precio que al contado.

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Superintendencia de Bancos

La Superintendencia de Bancos también informó que no tiene injerencia directa en comercios o establecimientos, debido a que se encuentra fuera de su ámbito de control y que le corresponde a la Defensoría del Pueblo pronunciarse sobre los reclamos de los consumidores afectados.

Pronunciamiento de la Defensoría del Pueblo

La institución también se pronunció al respecto que se mantiene vigilante del cumplimiento de la Ley y para que los derechos de la ciudadanía sean respetados.

La Institución Nacional de Derechos Humanos, a través de su Delegado Provincial del Guayas, Ab. Freddy Viejó González, se reunió con los representantes de la Junta Política de Regulación Monetaria y Financiera, Superintendencia de Bancos, Gobernación y Banco Central, para analizar alternativas, en el marco de las competencias de cada entidad, sobre las denuncias que han  llegado a la Institución Nacional de Derechos Humanos sobre establecimientos comerciales que hacen una diferenciación de precios en pagos al contado y con tarjetas de crédito, incrementando el precio con este último método de pago.

Al culminar la reunión se concluyó lo siguiente:

1.- Se ratifica que ninguna norma legal autoriza el recargo cuando se paga con Tarjeta de Crédito o Débito.

2.- Las denuncias por estos hechos se las debe presentar en las instituciones financieras emisoras de la tarjeta o en la Superintendencia de Bancos, las que lleguen a conocimiento de la Defensoría del Pueblo serán remitidas a estas instituciones.

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3.- En los contratos suscritos entre la entidad emisora y el establecimiento comercial consta una cláusula expresa que prohíbe el traslado al usuario final de los valores que debe pagar el establecimiento al emisor, si se viola esta cláusula se deja sin efecto tales contratos y se comunica a la Superintendencia de Bancos para que notifique a todas las instituciones del sistema financiero y el establecimiento no podrá operar con tarjetas.

4.- Se realizarán campañas a través de los canales comunicacionales institucionales, para que la ciudadanía conozca sus derechos y para que los establecimientos exhiban en un sitio visible la prohibición de recargas adicionales por pagos con tarjetas de crédito;

5.- Que la comisión que debe pagar el establecimiento, no el usuario, es del 4% por tarjeta de crédito y el 2% por tarjeta de débito;

6.- Se realizarán recorridos y controles para verificar que los establecimientos cumplan con la ley y en caso de detectarse infracción que puedan ser materia de acciones penales, se pondrá en conocimiento de la Fiscalía;

7.- Que estos hechos se pueden denunciar a los jueces de contravenciones por violar el Art. 50 de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor y sean sancionados conforme a la misma;

8.- Que se exhortará a las Cámaras empresariales para que hagan conocer a sus agremiados la prohibición de recargo por tarjeta de crédito; y

9.- Se convocará a los Gerentes de las instituciones financieras y Defensores al Cliente, para analizar estrategias y canales que permitan atender los reclamos y proteger a los consumidores.

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