El Pleno de la Asamblea Nacional, con 75 votos a favor, 49 en contra y 11 abstenciones, aprobó la moción de la legisladora Johanna Moreira (ID) para remitir a la Corte Constitucional la objeción parcial al proyecto de Ley Orgánica que Garantiza la Interrupción del Embarazo para Niñas, Adolescentes y Mujeres en Caso de Violación.
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En la moción se dispone el envío a la Corte Constitucional de la objeción parcial del proyecto de ley, ya que se fundamenta en la inconstitucionalidad parcial del proyecto.
El pasado 16 de marzo, el presidente Guillermo Lasso dio a conocer su veto parcial a la ley que regula el aborto por violación y propuso incluir 61 “textos alternativos” a la legislación de 63 artículos y consideró que esta, supuestamente, no concuerda con el espíritu del fallo de la Corte Constitucional, que despenalizó el aborto en casos de violación en abril de 2021 y ordenó a la Asamblea regular el procedimiento mediante una ley.
Entre las sugerencias del mandatario figuran que se unifique el plazo de 12 semanas en casos de aborto por violación y no aceptó la excepción de 18 semanas que se fijaba para niñas, adolescentes, indígenas y mujeres del área rural.
Propuso, además, “requisitos” para el acceso al aborto por violación, entre ellos presentar una denuncia, una declaración jurada o un examen médico que acredite la agresión sexual.
De forma constitucional, si el Presidente detecta posibles inconstitucionalidades en una ley aprobada por la Asamblea en segundo debate, debe vetar los artículos por inconstitucionalidad y posteriormente remitirlos a la Corte Constitucional para su análisis.
De esa manera, la Corte tendrá 30 días para analizar el veto presidencial y emitir un dictamen. Igualmente, deberá ser tratado nuevamente en la Asamblea.