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En los buses de Ecuador está prohibida la difusión de contenido (películas) que induzcan a la violencia, la discriminación, el racismo, la toxicomanía, el sexismo, la intolerancia religiosa o política y toda aquella comunicación que atente contra los derechos humanos. Así se establece textualmente en el artículo 4.a las reformas a la Ley de Tránsito, que se encuentran vigente desde el 10 de agosto del 2021.
¿POR QUÉ?
El mencionado artículo se refiere a los contenidos audiovisuales en el transporte público. En el mismo se explica que las entidades de regulación y control del transporte terrestre y los Gobiernos Autónomos Descentralizados Regionales, Metropolitanos y Municipales deberán promover:
«Políticas, programas y acciones para que los productos audiovisuales que se transmiten en los medios de transporte público urbano, intercantonal, intracantonal, interprovincial e internacional que circula en el territorio nacional difunda contenidos que promuevan el turismo, la cultura de paz, la inclusión, la no discriminación, y las buenas prácticas de comportamiento en el espacio público y consideren los idiomas de los pueblos y nacionales indígenas, lenguaje de señas, sistema braille y otros destinados para las personas con discapacidad auditiva o visual»
Reformas a la Ley de Tránsito.
Asimismo, dentro del transporte público se debe difundir -obligatoriamente- contenido que ayude a mejorar la seguridad vial.
Serán entonces las autoridades de la Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial y de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Regionales, Metropolitanos y Municipales las encargadas de hacer cumplir la mencionada disposición.
Justamente ayer, la Agencia Nacional de Tránsito del Ecuador (ANT) publicó en su Twitter en el que se enfatiza que “no habrá más películas violentas, ruidosas o excluyentes en los buses”.
Incrementan aforo
Ayer, el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional autorizó ayer al Ministerio de Transporte y Obras Públicas el incremento del aforo en buses interprovinciales del 75% al 100%.
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Este aforo se deberá respetar, sin sobrepasar la capacidad de las unidades de transporte, en estricto apego a los protocolos de bioseguridad.
Esta medida será sometida a evaluación el 04 de octubre.