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Se ratifica la multa de USD 100 a quien no utilice mascarilla en el espacio público en Quito

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El Municipio de Quito emitió ayer la resolución Nro. A 040 – 2021 en la que, entre otras cosas, se ratifica la multa equivalente al 25 % de un salario básico unificado (USD 100) para la persona que no utilice la mascarilla en el espacio público. En el caso que el ciudadano reincida, la sanción será del 50 % de un salario básico unificado (USD 200). Con respecto a los menores de edad, serán responsables sus padres o representantes legales por el incumplimiento de esta disposición.

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Asimismo, para el uso de bienes de dominio y uso público, y los privados que forman parte del espacio público de la ciudad las personas deberán cumplir con lo siguiente:

  1. Utilizar mascarilla que proteja su nariz y boca de la exposición al ambiente. La mascarilla observará las especificaciones previstas en el protocolo correspondiente de la Secretaría de Salud.
  2. Portar y exhibir su cédula de ciudadanía o cualquier documento oficial que permita acreditar su identidad;
  3. Circular o ubicarse a una distancia de, al menos, dos metros de otras personas.

HOY NO CIRCULA

Igualmente en la resolución se ratifica el plan de restricción y regulación de circulación vehicular “Hoy no Circula”, con la finalidad restringir la circulación de los vehículos automotores seleccionados en función del último dígito de su placa.

Igualmente, se determinan los dos días y las franjas horarias en los cuales la circulación vehicular estará prohibida de conformidad con lo previsto en el Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito.

Circulación vehicular en Ecuador - Municipio de Quito Municipio de Quito

El horario de restricción según el último dígito de las placas será de 07:00 a 19:00 de lunes a viernes, excepto los vehículos que tengan salvoconductos, sector productivo, sectores estratégicos y los que se fijen en el instructivo emitido por la Secretaría de Movilidad.

LUNES: No podrán circular los automóviles que tengan placa terminada en 0, 1, 2 y 3.

MARTES: No deberán movilizarse aquellos que finalicen en 2, 3, 4 y 5.

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MIÉRCOLES: Tienen prohibido de circular las placas que tengan como último número el 4, 5, 6 y 7.

JUEVES: No pueden circular quienes tengan el registro metálico terminado en 6, 7, 8 y 9.

VIERNES: La medida aplica para los vehículos cuyas placas finalicen en 0, 1, 8.

SÁBADO, DOMINGO y FERIADO: se permitirá el paso a todos los automotores durante las 24 horas, hasta las 07h00 del día lunes en que inicia nuevamente la restricción o del día siguiente del feriado.

En caso de motocicletas se utilizará como referencia para la aplicación del Plan “Hoy no Circula”, el último dígito que componga la placa sin consideración a la letra en la que termine.

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