El juez de Garantías Penales, Ronald Guerrero, dictó auto de sobreseimiento para Dalo Bucaram y su esposa, Gabriela Pazmiño, en el caso de presunta delincuencia organizada. En este son investigados por la supuesta venta irregular de medicamentos a hospitales públicos del país.
El fiscal que lleva el caso aseguró que apelarían la decisión del juez.
Recomendados
“La peor prisión de Ecuador”: Jorge Glas escribió cartas a los presidentes de México, Colombia y Brasil
Gobierno Nacional repatrió a 13 presos colombianos, son 11 hombres y 2 mujeres
Dos nuevos países en los que se suspende la votación del Referéndum y Consulta Popular 2024
Además, la Fiscalía General del Estado informó que el juez llamó a juicio a Noé Salcedo Bonilla y a Jorge S. por presunta delincuencia organizada.
Noticia en desarrollo…
#AHORA | #Guayas: Juez de Garantías Penales llamó a juicio a Noé S. B. y Jorge S. por presunta delincuencia organizada. Durante la audiencia, #FiscalíaEc apeló –de forma verbal– el sobreseimiento dictado para Abdalá B. P. y Gabriela P. #FuerzaDeTarea #FiscalíaContraElDelito pic.twitter.com/nZran4SQLS
— Fiscalía Ecuador (@FiscaliaEcuador) May 13, 2021
El sobreseimiento es un auto definitivo que finaliza el proceso por las causas determinadas en aquella disposición jurídica.
En el artículo 605 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) se explica que el auto sobreseimiento se dictará en los siguientes casos:
- Cuando la o el fiscal se abstenga de acusar y de ser el caso, dicha decisión sea ratificada por el
superior. - Cuando concluya que los hechos no constituyen delito o que los elementos en los que la o el fiscal
ha sustentado su acusación no son suficientes para presumir la existencia del delito o participación
de la persona procesada. - Cuando encuentre que se han establecido causas de exclusión de la antijuridicidad.
Relacionados: