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¡No se confunda! En el feriado por el Día del Trabajador el toque de queda comienza a las 20:00

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El feriado del 1 de mayo por el Día del Trabajador se lo traslada al viernes 30 de abril, según se establece en la Ley Reformatoria a la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep). Ante las nuevas medidas de toque de queda y confinamiento de fin de semana que rigen, existe confusión sobre cómo quedará el día de asueto. El presidente del COE Nacional, Juan Zapata, lo aclaró.

El viernes 30 de abril hay libre circulación vehicular hasta las 20:00 que comienza el toque de queda y termina a las 05:00 del lunes 3 de mayo.

Esto aplica para las 16 provincias (Guayas, Manabí, Esmeraldas, Los Ríos, El Oro, Santa Elena, Santo Domingo de los Tsáchilas, Pichincha, Azuay, Loja, Zamora Chinchipe, Imbabura, Carchi, Tungurahua, Cotopaxi y Sucumbíos) en que rige el estado de excepción, hasta el 20 de mayo.

<strong>«No podemos suspender el feriado porque hay una Ley firme en el país. Lo que estamos haciendo es tomando medidas como lo hicimos en Semana Santa. Si el día de descanso obligatorio se pasa al viernes 30 de abril significa que el toque de queda comienza a las 20:00 y termina el lunes 3 de mayo a las 05:00»</strong>

BALANCE POSITIVO

Según Zapata, lo que se busca es que las personas permanezcan en casa y cumplan con el confinamiento ininterrumpido de fin de semana.

El primer fin de semana de confinamiento total fue evaluado como positivo. Zapata dijo que la autorización de Policías para ingresar a domicilios para suspender fiesta sirvió para reducir el número de incivilidades en un 50%.

Las aglomeraciones bajaron de 643 a 335 una reducción del 48%, en libadores de 6.416 a 3.921 una reducción del 39%, en el tema de escándalos 4.605 a 2.440 una reducción del 47%.

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Al respecto, el Ministro de Gobierno, Gabriel Martínez, aclaró en su Twitter que el toque de queda para los fines de semana rige desde las 20:00 de los viernes hasta las 05:00 de los lunes (sábados y domingos todo el día).

<strong>«La restricción incluye el feriado del 01 de mayo, que empieza el viernes 30 de abril hasta el 3 de mayo»</strong>

Sanción

A las personas que incumplan con el toque de queda se les aplicará el artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) que establece una pena privativa de libertad de uno a tres años, a quienes no cumplan con “órdenes, prohibiciones específicas o legalmente debidas”.

Los vehículos particulares, no autorizados, no podrán circular y se les aplicarán sanciones basadas en ordenanzas municipales en las que se incluyen la retención de autos.

MEDIDAS

Pese al feriado, se mantienen las mismas medidas anunciadas por el COE Nacional:

  1. Están prohibidos los eventos públicos y no se pueden hacer fiestas ni reuniones familiares tanto en espacios abiertos como privados. La Policía Tiene autorización para ingresar a los domicilios para intervenirlas.
  2. Se limita el aforo al 30% en siguientes establecimientos de atención al público: establecimientos comerciales, de entretenimiento, patios de comidas, restaurantes, funerarias, iglesias, gimnasios, teatros y cines.
  3. Para los establecimientos de abastecimiento de alimentos, se sugiere limitar el aforo al 50%. 
  4. Se regula el aforo del transporte intra e inter provincial al 75% de ocupación y reducir al 50% sus frecuencias.
  5. Se mantienen abiertos puertos, aeropuertos y pasos fronterizos, para la actividad productiva y comercial.

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