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Ofrecimiento de USD 1000 de Andrés Arauz no podría cumplirse de aprobarse reformas al Código Financiero

El ofrecimiento de USD 1000 de Andrés Arauz en la primera semana de su Gobierno, en caso de llegar a la Presidencia, no podría cumplirse en caso de aprobarse las reformas al Código Orgánico Monetario y Financiero, incluidas en la Ley para la Defensa de la Dolarización que remitió el Ejecutivo a la Asamblea Nacional el pasado 8 de febrero.

En entrevista con Metro durante la campaña electoral, Arauz indicó que «la acción emergente de mil dólares en la primera semana provendrá de los activos externos del Banco Central del Ecuador que suman USD 8.080 millones, fondos que están en una institución financiera en Suiza».

Según sus palabras, la idea es traer mil millones de dólares e invertir en la economía ecuatoriana. «Sabemos exactamente la normativa que se debe cumplir para hacerlo y de esa manera garantizar este ofrecimiento de campaña de emergencia».

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Sin embargo, el objetivo de esta ley es evitar manejos “irresponsables” que busquen utilizar estas reservas internacionales para financiar el gasto del Estado. De esta manera, se protegerían los recursos del sector público y de los ciudadanos que están depositados en esta entidad.

«En el contexto de la independencia técnica del Banco Central del Ecuador y la que correspondería a la Junta de Política y Regulación Financiera, el proceso de designación de las autoridades de sus órganos de gobierno constituye también un eje relevante, con miras a evitar que hiper-presidencialismos o poderes de turno mantengan injerencias en la actuación de estas entidades, cuya naturaleza y accionar deben ser primordialmente técnicos», señala el proyecto.

 

¿Cómo afecta la ley a la propuesta de Arauz?

Bajo este contexto, la Ley para la Defensa de la Dolarización evitaría que se retiren estos fondos del Banco Central para «proporcionar ayudas, donaciones o contribuciones financieras a personas naturales o jurídicas», según lo que se agregaría en el artículo 56 sobre la prohibición de la financiación monetaria.

El documento señala «el Banco Central del Ecuador no proporcionará financiamiento directo ni indirecto al gobierno central, al ente rector de las finanzas públicas, a los gobiernos autónomos descentralizados ni a las instituciones de propiedad pública».

A este artículo se busca añadir la «prohibición de operaciones cuasi- fiscales por parte del Banco Central del Ecuador», que son:

1. Realizar inversiones, incluida la compra de acciones, o participaciones en empresas de propiedad privada y pública, así como la compra de valores emitidos por dichas empresas;

2. Proporcionar ayudas, donaciones o contribuciones financieras a personas naturales o jurídicas;

3. Comprar bienes corporales muebles o inmuebles con fines de lucro o con ánimo de revenderlos;

4. Recibir depósitos, otorgar créditos o brindar servicios de transacciones a personas naturales o jurídicas que no sean las que se determinen en este Código;

5. Contribuir al capital pagado de una persona jurídica, o comprar y vender valores de la misma; y,

6. Emitir préstamos y/o garantías bancarias para personas naturales y jurídicas.

 

De su lado, Andrés Arauz indicó que el proyecto de Ley para Defensa de la Dolarización en realidad es una «privatización» del Banco Central, por lo que va buscará revertir esta norma en caso de ser aprobada.

Aseguró también que ya se está trabajando con los actuales asambleístas para que esa ley no prospere.

 

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