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Este 9 de febrero se retoma el plan de restricción de circulación vehicular en Quito

A partir de este martes 9 de febrero de 2021 se reactiva el plan de restricción de circulación vehicular en Quito denominado “Hoy Circula”. Este fue suspendido temporalmente del 6 al 8 de febrero en el Distrito Metropolitano para permitir que los ciudadanos se desplacen y cumplan con su derecho a sufragar en el proceso electoral.

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El secretario de Movilidad, Guillermo Abad, informó que desde este martes se retoma el plan de restricción vehicular a través de placas pares e impares desde las 23:00 hasta las 04:00 (del día siguiente), hasta el 12 de febrero. Ese día se evaluará y analizará la medida en función de los indicadores de salud, que permitirán tomar las mejores acciones en el ámbito de movilidad.

Desde este martes 9 de febrero, el plan «Hoy Circula» se aplicará así:

  1. Lunes, miércoles y viernes: Pueden circular las placas terminadas en IMPARES 1,3,5,7 y 9.

  2. Martes, jueves y sábado: Circulan las placas terminadas en PARES 2,4,6,8 y 0.

  3. Domingos: TODOS los dígitos sin restricción de horario.

Salvoconductos 

Según la resolución Nº. SM-2021-019 emitida este lunes 8 de febrero de 2021, los salvoconductos emitidos del 14 de septiembre al 21 de diciembre de 2020, quedan sin efecto hasta el 12 de febrero de 2021.

La emisión de nuevos salvoconductos estará limitada para citas médicas, máximo dos por semana, traslados al aeropuerto y turismo, justificados documentadamente.

SANCIÓN

Quienes incumplan con la medida serán sancionadas con una multa del 50% de una Remuneración Básica Unificada (RBU), es decir USD 200. Así como la retención por cinco días del auto.

¿QUIENES PUEDEN CIRCULAR SIN RESTRICCIÓN?

  1.  Autoridades gubernamentales.
  2. Servidores de la Salud Pública y Privada.
  3. Funcionarios de Seguridad.
  4. Personal de Vigilancia y Seguridad Privada.
  5. Funcionarios públicos personal privado que realicen actividades técnicooperativas de sectores estratégicos.
  6. Servidores de la Función Judicial.
  7. Corte Constitucional.
  8. Contraloría General del Estado.
  9. Profesionales.
  10. Servicio de delivery.
  11. Ministerio de Inclusión económica y Social (MIES, Ayuda Humanitaria y Ministerio de Educación).
  12. Servicios de Courier.
  13. Personas con Discapacidad / adultos mayores y/o Personas con Enfermedades Catastróficas y/o Raras.
  14. Personas con Discapacidad.
  15. Servidores del Consejo Nacional Electoral Tribunal Contencioso Electoral.
  16. Renta.
  17. Transporte comercial.
  18. Transporte público.
  19. Vehículos de Emergencia, Seguridad pública, privada y Asistencia Social.
  20. Servidores del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos.

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