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¿Hasta cuándo rige la libre movilidad en Quito tras las votaciones?

Debido a las elecciones generales celebradas el 7 de febrero el Municipio de Quito estableció que haya libre movilidad durante el proceso electoral. Por lo que el fin de semana la restricción vehicular llamada «Hoy Circula» quedó temporalmente suspendida.

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La libre circulación también aplica para este lunes 8 de febrero, mientras el Consejo Nacional Electoral (CNE) se mantiene en el conteo de los votos. Según la resolución del Municipio de Quito, el «Hoy Circula» regresa desde el martes 9 de febrero de 2021. 

Por lo que mañana solo podrán circular los vehículos cuya placa termina en dígito par (2, 4, 6, 8 y 0). Asimismo podrán hacer el jueves 11 y sábado 13. Por otro lado, el miércoles miércoles 10 y viernes 12 podrán circular los vehículos cuya placa termina en 1, 3, 5, 7 y 9. El domingo hay libre circulación.

Cabe resaltar que desde las 23:00 hasta las 04:00, sin embargo, está restringida la circulación para todos los vehículos y la multa por irrespetar esta medida es el 50% de una Remuneración Básica Unificada (RBU), es decir $200, y la retención por cinco días del vehículo.

¿PARA QUIÉNES NO APLICA LA RESTRICCIÓN?

Las medidas de restricción de circulación de personas, no se aplicará para personas que requieran movilizarse y pertenezcan a ciertos sectores. Sus documentos habilitantes serán, sus credenciales, guías de remisión, RUC, RISE.

  1. Servicios de Salud de la Red Pública Integral y de la Red Privada Complementaria.
  2. Seguridad Pública, Privada, Servicios de Emergencias y Agencias de Control.
  3. Sectores Estratégicos.
  4. Servicios de emergencia vial.
  5. Sector Exportador y toda su cadena logística.
  6. Prestación de servicios básicos como agua potable, electricidad, recolección de basura, entre otros.
  7. Provisión de alimentos, incluido transporte y comercialización.
  8. Provisión de medicinas, insumos médicos y sanitarios incluidos su transporte y comercialización.
  9. Industrias y comercios relacionados al cuidado y crianza de animales.
  10. Trabajadores de los medios de comunicación.
  11. Sector Financiero.
  12. Servicio consular acreditado en el país.
  13. Personas particulares en caso de emergencia debidamente justificada.
  14. Actividades relacionadas al sector financiero bancario.
  15. Funcionarios del Consejo Nacional Electoral.

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