Debido a las elecciones generales celebradas el 7 de febrero el Municipio de Quito estableció que haya libre movilidad durante el proceso electoral. Por lo que el fin de semana la restricción vehicular llamada «Hoy Circula» quedó temporalmente suspendida.
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La libre circulación también aplica para este lunes 8 de febrero, mientras el Consejo Nacional Electoral (CNE) se mantiene en el conteo de los votos. Según la resolución del Municipio de Quito, el «Hoy Circula» regresa desde el martes 9 de febrero de 2021.
Por lo que mañana solo podrán circular los vehículos cuya placa termina en dígito par (2, 4, 6, 8 y 0). Asimismo podrán hacer el jueves 11 y sábado 13. Por otro lado, el miércoles miércoles 10 y viernes 12 podrán circular los vehículos cuya placa termina en 1, 3, 5, 7 y 9. El domingo hay libre circulación.
Cabe resaltar que desde las 23:00 hasta las 04:00, sin embargo, está restringida la circulación para todos los vehículos y la multa por irrespetar esta medida es el 50% de una Remuneración Básica Unificada (RBU), es decir $200, y la retención por cinco días del vehículo.
¿PARA QUIÉNES NO APLICA LA RESTRICCIÓN?
Las medidas de restricción de circulación de personas, no se aplicará para personas que requieran movilizarse y pertenezcan a ciertos sectores. Sus documentos habilitantes serán, sus credenciales, guías de remisión, RUC, RISE.
- Servicios de Salud de la Red Pública Integral y de la Red Privada Complementaria.
- Seguridad Pública, Privada, Servicios de Emergencias y Agencias de Control.
- Sectores Estratégicos.
- Servicios de emergencia vial.
- Sector Exportador y toda su cadena logística.
- Prestación de servicios básicos como agua potable, electricidad, recolección de basura, entre otros.
- Provisión de alimentos, incluido transporte y comercialización.
- Provisión de medicinas, insumos médicos y sanitarios incluidos su transporte y comercialización.
- Industrias y comercios relacionados al cuidado y crianza de animales.
- Trabajadores de los medios de comunicación.
- Sector Financiero.
- Servicio consular acreditado en el país.
- Personas particulares en caso de emergencia debidamente justificada.
- Actividades relacionadas al sector financiero bancario.
- Funcionarios del Consejo Nacional Electoral.