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Decreto Ejecutivo reduce variación mensual del precio del diésel del 5% al 3%

Este 11 de enero de 2021, el presidente Lenín Moreno emitió el Decreto Ejecutivo 1222 con el que se reforma el Reglamento de Regulación de Precios de Derivados de Petróleo, expedido en agosto de 2005. El documento modifica el ancho de la banda para la fijación del precio del diésel, del 5% al 3% para el sector automotriz, atunero, camaronero y otras pesquerías. Esta reducción del porcentaje fue por pedido del sector que se ha visto afectado por los incrementos mensuales. 

En el Decreto que entró en vigencia este 12 de enero a las 00:00 se mantiene la variación del  5% al mes, la banda para la gasolina extra y ecopaís.

Asimismo, los precios del gas licuado de petróleo (GLP) para uso doméstico, agroindustrial y vehicular, no suben, mantienen congelado su precio.

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«Con la finalidad de incentivar la reactivación de la economía nacional por la grave afectación causada por la crisis sanitaria de la pandemia del COVID-19, el Gobierno Nacional estableció mesas de diálogo con los sectores de transporte, producción, y otros, que utilizan los combustibles Diésel 2 y Diésel Premium, para  los segmentos: automotriz, camaronero, atunero, pesqueros y otros; identificándose la necesidad de reducir el impacto generado por la aplicación del sistema de bandas de precios del Diésel 2 y Diésel Premium para los segmentos del mercado regulado”, reza el Decreto.

Por tal motivo, la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables (ARC)  realizará el cálculo de este precio hasta el día 10 de cada mes, y entrará en vigencia a partir de las 00:00 del 11 del mismo mes.

La institución realizará controles para verificar el cumplimiento del precio vigente.

La ARC aclaró que, con base a dicho Decreto, realizó el cálculo de precios referenciales para el abastecimiento de Diésel 2 y Diésel Premium.

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