Noticias

Municipio de Quito desactiva sistema de emisión de salvoconductos desde este 23 de diciembre

En horas de la noche del 22 de diciembre de 20202, en la reunión realizada por el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) nacional dispuso lo siguiente: los salvoconductos pierden vigencia y su emisión está prohibida. 

Ante esta decisión, el Municipio de Quito emitió un comunicado donde indica que se deshabilitó el Sistema de Emisión de Salvoconductos a partir de las 00:00 de este miércoles 23 de diciembre del 2020. También informó que la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) será la encargada de vigilar que se cumpla no solo con el esquema de circulación vehicular de acuerdo con el último dígito de placa, fijado por el COE nacional, sino con el toque de queda, que rige a escala nacional de 22:00 a 04:00 durante 15 días. 

Recomendados

La resolución sí contempla excepciones para los diversos sectores que necesitan movilizarse como el sector productivo que podrá transitar con sus respectivos documentos habilitantes como el RUC, RISE, Guías de Remisión y Credencial.

Además también instituciones contempladas en el documento:

– Servicios de salud de la red pública integral y de la red privada complementaria.

– Seguridad pública, privada, servicios de emergencias y agencias de control.

– Sectores estratégicos.

– Servicios de emergencia vial.

– Sector exportador y toda su cadena logística.

– Prestación de servicios básicos como agua potable, electricidad, recolección de basura, entre otros.

– Provisión de alimentos, incluido transporte y comercialización.

– Provisión de medicinas, insumos médicos y sanitarios incluidos su transporte y comercialización.

– Industrias y comercios relacionados al cuidado y crianza de animales

– Trabajadores de los medios de comunicación.

– Sector financiero.

– Servicio consular acreditado en el país.

– Personas particulares en caso de emergencia debidamente justificada

– Actividades relacionadas al sector financiero bancario.

– Funcionarios del Consejo Nacional Electoral.

– Funcionarios judiciales, fiscales, Defensoría Pública y Del Pueblo, abogados, funcionarios del registro social.

– Candidatos de elección popular, debidamente acreditados.

Te puede interesar:

Tags

Lo Último


Te recomendamos