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Conductor de taxi en Quito escupió y agredió verbalmente a una mujer

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La tarde de este miércoles 16 de diciembre se viralizó en redes sociales un video que muestra la discusión entre un conductor de taxi en Quito, aparentemente de una plataforma de transporte privado, con una mujer. Según las primeras versiones, este hecho ocurrió en el sector de Cotocollao, norte de la ciudad.

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El conductor le habría pedido a la pasajera que se ubique en el asiento de copiloto del vehículo. A ello, la mujer se niega y le explica que estamos en pandemia y que prefiere en el asiento de atrás para mantener medianamente la distancia.

Sin embargo, el chofer le indica a la pasajera que debe estar en el siento de adelante porque los agentes de tránsito lo multarían. «Cuesta 1.000 dólares. Eso no entiende los señores agentes», le dice el hombre. A parte, la muchacha reclama al conductor que ni siquiera se coloca bien la mascarilla; tenía la nariz fuera.

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La pasajera prefirió no tomar el recorrido y cerró la puerta del vehículo, un poco fuerte. La reacción del chofer fue insultarla. Cuando la joven se ubicó en la parte posterior del auto para grabar la placa del mismo. El conductor retrocede y ella le pregunta «¿Me vas a pisar?». 

No conforme con eso, el hombre reacciona con actitud intimidante. «¿Me vas a pegar?», le pregunta ella. «Te voy a denunciar»·  El sujeto abrió la ventana y la escupió.

Este diario se comunicó con la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) y al momento no han emitido un pronunciamiento. Mencionaron que cuando lo haya será difundido. «Estamos trabajando con el departamento de asesoría legal para dilucidar las dudas», señalaron.

Por otro lado, en redes sociales los usuarios se manifestaron indignados por el hecho y criticaron el accionar del conductor.

COIP 

En el artículo 386 del Código Orgánico Integral Penal se establece una multa de dos salarios básicos unificados (USD 800) del trabajador en general, la reducción de diez puntos en su licencia de conducir y la retención del vehículo por el plazo mínimo de siete días:

«La o el conductor que transporte pasajeros o bienes, sin contar con el título habilitante correspondiente, la autorización de frecuencia o que realice un servicio diferente para el que fue autorizado», reza.

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