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Ministerio de Trabajo crea nueva fórmula para calcular el Salario Básico Unificado 2021

Mediante el acuerdo ministerial 185, el Ministerio de Trabajo expidió una nueva fórmula para calcular la variación del Salario Básico Unificado (SBU) de 2021. El documento firmando por el ministro Andrés Isch establece que, en ningún caso se fijará un SBU inferior al del periodo vigente.

La nueva fórmula se aplicará cuando los empleadores y los colaboradores no lleguen a un consenso en el Consejo Nacional de Trabajo y Salarios (CNTS), y quede en manos del Ministro del Trabajo.

Para la fijación de la variación del Salario Básico Unificado, el Consejo Nacional de Trabajo y Salarios(CNTS), dentro de los términos establecidos en el artículo 118 del Código del Trabajo, se auto convocará para sesionar hasta el 20 de noviembre de cada año, previo a esta fecha el (CNTS) establecerá el procedimiento y la metodología para la discusión de la fijación del salario básico unificado. Y, podrá tener como referencia la nueva fórmula.

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Antes de este acuerdo, el Ministerio de Trabajo fijaba el nuevo conforme a lo que estipula el Código del Trabajo, es decir, con un porcentaje de incremento equivalente a la inflación proyectada; en algunas ocasiones se tomó en cuenta factores como el índice de productividad o la proyección del crecimiento de la economía del país.

Cálculo de la variación del Salario Básico Unificado

La fórmula para el cálculo tiene nueva variables como la tasa del índice de precios al consumidor, la productividad laboral, la elasticidad del empleo con respecto a los salarios, la tasa de participación global, la tasa del empleo en el sector informal.

Esta es la fórmula y el significado de cada una de sus variantes.

%∆𝑺𝑾𝒕+𝟏 = 𝜷𝟏%∆𝑰𝑷𝑪𝒕 + 𝜷𝟐%∆𝑷𝒓𝒐𝒅𝒖𝒄𝒕𝒊𝒗𝒊𝒅𝒂𝒅 𝑳𝒂𝒃𝒐𝒓𝒂𝒍𝒕 + 𝜷𝟑 ∣ %∆𝑬𝒎𝒑𝒍𝒆𝒐 𝒕 ∣ − ∣ 𝜷𝟒 %∆𝑬𝒎𝒑𝒍𝒆𝒐 𝒔𝒆𝒄𝒕𝒐𝒓 𝒊𝒏𝒇𝒐𝒓𝒎𝒂𝒍𝒕 ∣

  1. %∆𝑆𝑊𝑡+1 = Porcentaje de variación del Salario Básico Unificado.
  2. 𝛽1 = Factor de ponderación del índice de precios del consumidor, cuyo valor oscilará entre 0 y 1.
  3. 𝛽2 = Factor de ponderación de la productividad laboral, cuyo valor oscilará entre 0 y 1.
  4. 𝛽3 = Elasticidad del empleo con respecto a los salarios.
  5. 𝛽4 = Elasticidad de la informalidad con respecto a los salarios.
  6. %∆𝐼𝑃𝐶𝑡 = Último porcentaje de variación del índice de precios al consumidor del que se disponga.
  7. %∆ 𝑃𝑟𝑜𝑑𝑢𝑐𝑡𝑖𝑣𝑖𝑑𝑎𝑑 𝐿𝑎𝑏𝑜𝑟𝑎𝑙𝑡 = Porcentaje de variación de la productividad laboral.
  8. %∆Empleo t = Porcentaje de variación de la tasa de participación global.
  9. %∆Empleo sector informal𝑡 = Porcentaje de variación del empleo en el sector informal.

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