En redes sociales se viralizó un video que muestra la agresión a agentes de la Autoridad de Tránsito Municipal (ATM). El hecho ocurrió durante el feriado, en la avenida Olmedo, centro de Guayaquil.
Los individuos que protagonizaron la agresión habrían sido citados por desconocer normas de tránsito. Los uniformados trataron de repeler los golpes. La acción duró unos minutos sin que elementos de la Policía Nacional llegaran para intervenir en la situación.
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Al respecto, el gerente de la ATM, Vicente Taiano, se pronunció en su cuenta de Twitter ante lo sucedido. Aseguró que los agentes se encontraban en ese sitio «cumpliendo con su labor en el reestablecimiento del orden».
Además, rechazó rotundamente la agresión por parte de los sujetos. «Ningún ciudadano puede atacarlos de la forma en que se evidencia en este video. Rechazo este tipo de agresiones violentas». Aseguró que desde la institución tomarán las acciones pertinentes del caso.
Nuestros agentes de @ATMGuayaquil estaban en ese sitio cumpliendo con su labor en el reestablecimiento del orden. Ningún ciudadano puede atacarlos de la forma en que se evidencia en este video. Rechazo este tipo de agresiones violentas. Tomaremos las acciones del caso.
— Vicente Taiano (@VicenteTaianoEC) October 10, 2020
COIP
El artículo 283 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) tipifica el delito de ataque o resistencia. «La persona que ataque o se resista con violencias o amenazas a los empleados públicos, a los depositarios o agentes de la fuerza pública, a los comisionados para la percepción de los impuestos y contribuciones, a los ejecutores de los decretos y fallos judiciales, a los guardas de las aduanas y oficinas de recaudación y a los agentes de policía, cuando obran en ejecución de las leyes, o de las órdenes o reglamentos de la autoridad pública, serán sancionadas con pena privativa de libertad de seis meses a dos años«.
Asimismo, en el artículo 386 del COIP hace referencia a las sanciones por contravención de tránsito de primera clase. Las sanciones van desde: pena privativa de libertad de tres días, multa de un salario básico unificado del trabajador en general y reducción de diez puntos en su licencia de conducir.
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