El feriado del 09 de octubre, por el Bicentenario de la Independencia de Guayaquil, es uno de los últimos feriado nacionales del 2020. La fecha, según lo anunciado por el gobierno, busca la reactivación económica en el sector del turismo, sin embargo, muchas personas deben trabajar este día.
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En virtud de la reforma al artículo 65 del Código de Trabajo, son días de descanso obligatorio los siguientes: 1 de enero, viernes santo, 1 de mayo, 24 de mayo, 10 de agosto, 9 de octubre, 2 de noviembre, 3 de noviembre, 25 de diciembre y los días lunes y martes de carnaval.
Si eres de los empleados que tiene que trabajar estas fechas, específicamente este 09 de octubre, te contamos cuál es la remuneración económica que debes recibir.
Según el numeral 4 del artículo 55 del Código de Trabajo, los días de descanso, como sábado y domingo, deben pagarse con el 100% de recargo, por ser trabajo extraordinario. Esto se aplica también para los feriados por ser tiempo de descanso obligatorio.
Es decir, en el Ecuador, un trabajador que labore en días de descanso obligatorio debe ganar el doble por cada hora laborada.
¿Cómo calcular?
Se calcula de la siguiente manera: si tiene un trabajo en relación de dependencia, divida el monto total de su sueldo para 240, que son las horas laborables que tiene un mes en Ecuador, sin importar la cantidad de días que este tenga.
Una vez que tenga el valor por hora de trabajo, multiplíquelo por 2 y ese resultado vuelva a multiplicarlo por el número de horas que trabajará el día de feriado. Y ese monto, por ley, deberá recibir por trabajar ese día.
Por ejemplo: una persona que percibe un salario básico ($400) gana la hora laboral $1,66. Ese valor lo deberá multiplicar por 2, y quedará en $3,22. Si el día de feriado esa persona trabaja 8 horas, entonces deberá multiplicar los $3,22 por 8 horas y el resultado ($25,76) es lo que deberá recibir por un día de feriado trabajado.