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Juez dictó arresto domiciliario para la asambleísta Karina Arteaga por presunta concusión

Asambleísta Karina Arteaga API

Este 25 de septiembre de 2020, el juez, David Jacho, dictó -entre otras medidas- el arresto domiciliario  para la asambleísta Karina Arteaga (Alianza PAIS) por presunta concusión que es figura penal utilizada para los diezmos.

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La audiencia de formulación de cargos contra Arteaga  se efectuó este viernes en la Corte Nacional de Justicia. «Habría exigido dinero a sus colaboradores», según la Fiscalía. En la diligencia, el fiscal general subrogante, Wilson Toainga, participó vía telemática para formular los cargos.

Jacho dictó arresto domiciliario, vigilancia policial permanente, retención de fondos, uso de dispositivo de vigilancia electrónico, como medidas cautelares, y prohibición de enajenar bienes muebles e inmuebles por 45.000 dólares para la asambleísta.  Además, dispuso la apertura de una instrucción fiscal de 90 días.

El magistrado señaló que “dada la situación de emergencia sanitaria, y únicamente por este contexto”, no se acoge el pedido de Fiscalía, que había solicitado la medida cautelar de prisión preventiva.

Elementos de convicción

Durante su intervención, el fiscal Wilson Toainga señaló que la Institución inició la investigación luego de recibir la denuncia de excolaboradores de la Asambleísta, en la que se informa sobre la exigencia de valores por parte de la legisladora, conducta que se adecúa a la infracción tipificada en el artículo 281 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Además, presentó cuarenta y seis elementos de convicción para sustentar la formulación de cargos.

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La investigación determinó la presunta existencia del delito y que la procesada -en su calidad de asambleísta, abusando de su cargo y a través de terceros- habría exigido la entrega de aportaciones no debidas a sus subordinados y a personas particulares, a cambio de plazas de trabajo.

Y también que, en algunos casos, habría solicitado hasta el 90% del sueldo percibido por sus colaboradores, que eran entregados a su cónyuge o a sus asistentes personales.

Los denunciantes aseguran que el dinero era pedido como aportaciones para el movimiento político al cual ella pertenece; sin embargo, en ocasiones habría sido para el pago de bienes y gastos personales, y de sus familiares.

Previo a convocar a la audiencia de formulación de cargos, el juez Jacho solicitó al pleno de la Asamblea que se levante la inmunidad, luego de que la fiscal general del Estado, Diana Salazar, solicitara que se fije fecha para formular cargos contra la legisladora.

Pena

El delito de concusión, tipificado en el artículo 281 del COIP, es sancionado con una pena privativa de libertad de tres a cinco años.

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