En redes sociales se ha viralizado un video que ha causado indignación en los usuarios. En las imágenes se observa a varios sujetos en presunto estado de embriaguez que cogen un gato como metralleta. Luego lo lanzan hacia el cielo. El terrible y repudiable hecho ocurrió en Guayaquil.
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En el clip se le ve a cuatro sujetos: tres posando con el animal y otro filmando. Uno de los hombres, que viste ropa de color oscura y gorra roja, sostiene al gato por sus patas para simular que es una metralleta. En ese acto todos se ríen y disfrutan de lo que evidentemente es maltrato.
Mira el video
«Tra, ta, ta, ta», dice el sujeto que tiene al felino en sus manos y al que está grabando se le oye «la metralleta pa’ arriba (…) ¡Se pasan! loquísimo, pana». Cuando enfocan al hombre que lanzó al gato, a éste se le ve festejando como si hubiese cometido un logro. Después, a uno de los hombres se le observa con una botella de cerveza y la consume.
El video le ha dado las vuelta a las redes sociales y fue compartido por una cuenta de Instagram. En ella muestran que un seguidor de la misma envió el material para condenar lo ocurrido. En esa misma página divulgaron las redes sociales del sujeto que lanzó al gato. Y también se muestra otras imágenes de lo que pasó previo al hecho.
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En los comentarios de la publicación, la mayoría de usuarios repudió la situación y hasta etiquetó al hombre que atentó contra la vida del felino. Al intentar acceder a esa cuenta, se pudo apreciar que la persona borró todas las publicaciones. Los internautas al percatarse, hicieron un llamado a reportar la cuenta, y para que las autoridades investiguen y sancionen a los responsables.
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COIP
Desde este 21 de junio de 2020 ya están en vigencia y aplicación las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), que incluyen nuevas tipificaciones de delitos y contravenciones, entre ellas, la muerte, abuso sexual y maltrato animal.
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Maltrato animal
Artículo 250.4: La persona que por acción u omisión cause un daño temporal o deteriore gravemente la salud o integridad física de un animal que forme parte del ámbito de la fauna urbana, sin causarle lesiones o muerte, será sancionada con trabajo comunitario de cincuenta a cien horas.
Muerte a un animal
Artículo 250.1: La persona que mate a un animal que forma parte de la fauna urbana será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a un año. Si la muerte se produce como resultado de actos de crueldad será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.
De hecho, se impondrá el máximo de la pena si ocurre lo siguiente: Actuando con ensañamiento contra el animal, suministrando alimentos componentes dañinos o sustancias tóxicas.
Igualmente, si el animal es cachorro, gerente o hembra gestante, cuando la infracción sea cometida por el dueño o tenedor del animal o por quien esté a su cuidado temporal o permanente.
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