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Sentencia para ciudadano que agredió a periodista Freddy Paredes

Sentencia para ciudadano que agredió a periodista Freddy Paredes Sentencia para ciudadano que agredió a periodista Freddy Paredes

La Fiscalía General del Estado informó este 24 de julio que el ciudadano que agredió a periodista Freddy Paredes, fue condenado a cuatro meses y 18 días de prisión. Se acogió al procedimiento abreviado, aceptando su responsabilidad en el hecho.

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Por el delito de lesiones, con incapacidad de 31 a 90 días, José Manuel G. fue sentenciado a prisión. El ciudadano se acogió al procedimiento abreviado, es decir, aceptó que agredió con una piedra al periodista Freddy Paredes, durante el Paro Nacional de octubre de 2019.

El fallo condenatorio incluye el pago de una reparación integral de 1.900 dólares al afectado y la cancelación de una multa de cuatro salarios básicos unificados a la administración de justicia.

El fiscal de la Unidad de Soluciones Rápidas, Andrés Pazmiño, expuso este 24 de julio de 2020, a la jueza de Garantías Penales de Pichincha Yadira Proaño, elementos de convicción como la versión del periodista, el examen médico-legal y el reconocimiento del lugar de los hechos, al igual que las pericias de audio, video y de identidad humana.

En la primera se habría determinado la secuencia de la acción, es decir, el lanzamiento y la trayectoria de la piedra que lesionó al comunicador. Y en la segunda pericia se concluyó que las características del agresor coinciden con las de José Miguel G.

El ciudadano –ahora sentenciado– permaneció prófugo hasta que su boleta de detención fue ejecutada el 5 de marzo de 2020, en un control de tránsito realizado en La Gasca, en el centro-norte de Quito; conducía un taxi sin licencia y al revisar en el sistema, la Policía se percató de que había una boleta en su contra. Esa misma noche se formularon cargos en su contra, en la Unidad de Flagrancia en Quito.

El artículo 152, numeral 3, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), determina que si una persona lesiona a otra, ocasionándole un daño, incapacidad o enfermedad de treinta y uno a noventa días, será sancionada con una pena privativa de libertad de uno a tres años.

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