En Ecuador la persona con discapacidad o su representante legal cuenta con beneficios para en los trámites de adquisición de bienes (vehículos, sillas eléctrica, maquinaria, entre otros), con descuentos del 30% al 100%.
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El proceso se realiza a través del sistema simplificado de la importación de bienes, que le permite a la persona ser exonerado con porcentajes otorgados de discapacidad.
El Art. 21 de la Ley Orgánica de Discapacidades, sobre los Beneficios tributarios, señala:
«Los descuentos se aplicarán de manera proporcional, de acuerdo al gradode discapacidad del beneficiario o de la persona a quien sustituye, según el caso, de conformidadcon la siguiente tabla».
Grado de discapacidad y los porcentajes de descuento:
- Del 30% al 49% tiene el 60% de descuento
- Del 50% al 74% de discapacidad el 70% de descuento
- Del 75% al 84% de discapacidad el 80% de descuento
- Del 85% al 100% de discapacidad obtiene el 100% de descuento
Como excepción a la aplicación de esta tabla se considerará el transporte público y comercial (terrestre, aéreo nacional, marítimo, fluvial y ferroviario), para este caso, el descuento será del 50% de la tarifa regular.
EL MINISTERIO DE SALUD OTORGA EL CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD, DESDE 2020
El carné emitido por el Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades (Conadis) tuvi validez hasta el 31 de diciembre de 2019.
Desde este año, la persona con discapacidad portadora de este carné que requiera una certificación adicional, deberá solicitar el «certificado de discapacidad» en los Establecimientos de Salud (Centros de Salud) autorizados.
Este certificado será el documento que le permita a la persona con discapacidad acceder a los beneficios de Ley, hasta que se recalifique con el nuevo instrumento de valoración de discapacidad ecuatoriano.