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¿Qué cambios trae la Ley Humanitaria?

El presidente de la República, Lenín Moreno, envió a la Asamblea Nacional la objeción parcial al proyecto de Ley Humanitaria. El documento, remitido este martes 9 de junio, consta de 32 observaciones que permiten que la norma sea un instrumento justo, de apoyo a los más vulnerables y facilite la reactivación económica.

Entre los cambios que hizo el Ejecutivo a al proyecto de Ley Humanitaria se corrige la interpretación de la causal de fuerza mayor para asegurar que no existan abusos por parte de las empresas, a la hora de desvincular personal.

Con ello, al mismo tiempo, se apunta a preservar las fuentes de trabajo y evitar el cierre de negocios.

Otra de las observaciones del Presidente Lenín Moreno es que los acuerdos a los que lleguen empleadores y empleados para reducir la remuneración, en ningún caso se podrán concretar por debajo del salario básico unificado.

Adicionalmente, se estableció que este tipo de acuerdos deberán constar por escrito y especificar que se acogen a la presente ley.

Sobre el tema del empleo, se señala que los empleadores podrán acordar la reducción de la jornada hasta un máximo del 50% y el pago corresponderá, en proporción, a las horas efectivamente trabajadas y no será menor al 55% de la fijada previo a la reducción.

Contrato especial emergente

Según lo contempla la Ley Humanitaria, se celebra para la sostenibilidad de la producción y fuentes de ingresos en situaciones emergentes o para nuevas inversiones o líneas de negocio.

Podrá tener una duración de un año. Contemplará como mínimo 20 y máximo 20 horas semanales, distribuidas en un máximo de seis días a la semana. Sin sobrepasar las ocho horas diarias y tener 24 consecutivas de descanso. Se determina también que, en caso de que se requiera renovar esta contratación, pasará a ser definitiva.

La nueva jornada laboral

El Presidente de la República normó el teletrabajo para el sector público y privado. Esta modalidad podrá tener tres formas: permanente, parcial y ocasional. Se garantiza que quienes se acojan al teletrabajo tengan derecho a la desconexión, la cual deberá ser de -al menos- 12 horas consecutivas en un periodo de 24 horas.

Control de precios de la canasta básica familiar

El Primer Mandatario determinó que, mediante Decreto Ejecutivo, se fijará la política para el control de precios de la canasta básica familiar. Esta política regirá hasta diciembre del 2020 con el fin de evitar la especulación.

En el caso de los servicios básicos (incluyendo los servicios de telefonía y telecomunicaciones)   no habrá incremento de las tarifas hasta seis meses después de la vigencia del Estado de Excepción.

Se prohíbe la suspensión del servicio por no pago, hasta 30 días después de la vigencia de esta ley.

Facilidades de pago para los deudores

Con el fin de que las empresas proveedoras recuperen liquidez y puedan cobrar a los usuarios que tienen valores pendientes, se determinan facilidades de pago.

Valores adeudados se cancelen en seis cuotas sin multas ni intereses.

Reducción de pensión escolar

Con la Ley Humanitaria los padres de familia cuyos hijos estudien en centros privados y que hayan perdido su trabajo, recibirán apoyo para reducción de la pensión.

Si deciden retirar a sus hijos de los colegios privados, tendrán garantizado un cupo en el sistema público.

Además, se contempla la posibilidad de que los planteles puedan hacer una reducción de sus pensiones de hasta el 25%.

Mientras que, sobre el tema de salud, se prohíbe la terminación de pólizas de salud o medicina prepagada por atrasos de hasta 60 días adicionales a lo establecido en el contrato.

Apoyo a emprendedores

El Jefe de Estado determinó que se den facilidades para que los empleadores que tengan pendientes el pago de valores a la seguridad social entre marzo y junio, puedan cancelarlos sin multa y sin recargo.

Para quienes cuentan con afiliación voluntaria, se establecerán mecanismos como la renovación de convenios de pago.

La norma también crea incentivos tributarios para que las instituciones del sistema financiero otorguen créditos y haya refinanciamiento o reestructuración de deudas pendientes.

Pensiones a expresidentes de la República

La objeción parcial de la  Ley Humanitaria también garantiza que las pensiones para los exmandatarios de la República no se entreguen a quienes no hayan concluido su periodo por las causales dispuestas en la Constitución y por haber sido sentenciados en delitos como cohecho, peculado y otros.

VIDEO: REOS EXIGEN ATENCIÓN:

 

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