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Corte Constitucional dispone al Gobierno garantizar el derecho a la protesta pacífica

La Corte Constitucional declaró la constitucionalidad del Decreto Ejecutivo No. 1052 emitido el 15 de mayo de 2020, en el cual el presidente de la República dispuso que se renueve el estado de excepción por calamidad pública, ocasionada por los casos confirmados y declaratoria de emergencia provocada por la pandemia de COVID-19. Además insta al Gobierno respetar el derecho a la protesta pacífica.

Mediante un comunicado, la Corte ratificó los parámetros para que dentro de los treinta días de vigencia del Decreto tome las medidas necesarias para organizar y afrontar la pandemia de conformidad con los mecanismos jurídicos ordinarios.

También exhorta al Gobierno Nacional para que tome acciones tendientes a fortalecer el sistema público de salud y articular eficazmente la red pública integral de salud. Igualmente que tome medidas para que la población pueda acceder a la educación por todos los medios de comunicación disponibles durante el confinamiento.

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Asimismo a proteger los derechos y la integridad de las personas privadas de libertad, a migrantes, pueblos indígenas y a las mujeres víctimas de violencia.

Movilizaciones

Sobre movilizaciones, la Corte dispone que el Gobierno Nacional y las autoridades competentes respeten el derecho a la protesta pacífica, promuevan medidas de bioseguridad, usen progresivamente y cuando fuere necesario la fuerza, y garanticen el debido proceso en caso de producirse infracciones penales.

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