Según la Cámara de Comercio de Quito, cuando se prevé una caída de al menos 6,3% de la economía, significaría que más de 500 mil empleos se estarían perdiendo del sector formal.
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Es por ello que instan al Gobierno a que las medidas para este momento deben enfocarse en apalancar esa crisis de liquidez en la que entran todos los negocios suspendidos.
«Creemos que la crisis debe ser afrontada en 2 momentos: combatir a la crisis sanitaria, la aguda iliquidez y la sostenibilidad del empleo; y la reestructuración económica e institucional del país», indican.
INCERTIDUMBRE
Indican que al establecer que todos los acuerdos que se realicen entre empleador y empleado impliquen la obligación por parte del empleador de no despedir, se está generando el efecto contrario al que se busca.
«Sin la certeza del escenario económico, pese a los esfuerzos, existe la posibilidad de que no se logre que la empresa esté en capacidad de mantener todos los empleos. Por tal razón, con tal medida lo que se genera es que en lugar de asumir el riesgo de mantener el empleo con el riesgo de indemnizaciones que ello genera, se prefiera reducir el número de empleados».
Ante ello, la Cámara de Comercio de Quito plantea las siguientes propuestas con el objetivo de que se tome un redireccionamiento sustancial. Estas son algunas de ellas:
- Se disponga de forma temporal la suspensión de la facultad coactiva del Sector Público y establecer que de forma obligatoria el Estado busque como primera alternativa de acuerdos de pago, y por períodos superiores a los 24 meses.
- Dada la complicada situación de la Seguridad Social, es imprescindible que el Gobierno destine parte de los recursos anunciados, en igualarse los pagos por el 40% que adeuda al IESS, de tal forma que el BIESS estructure alternativas de crédito para pago de obligaciones sin perder liquidez ni se deje de pagar pensiones.
- Anticipo de impuestos: establecer un mecanismo voluntario que permita que aquellas sociedades que estén en capacidad de hacerlo, puedan adelantar sus impuestos (Renta, ICE, entre otros) con el fin de proporcionarle liquidez al Estado.
- Permitir que las donaciones a la Cuenta especial de asistencia humanitaria a las que se refiere articulo 14 de la ley puedan ser pagadas en hasta 24 meses, y que los donantes puedan suscribir papel comercial que contenga la deuda.
- Establecer nuevas modalidades contractuales, que se adapten a las nuevas realidades que incluyan la contratación por horas, el contrato de plazo fijo o Eliminación de jubilación patronal que juega en contra de los empleados y promueve su despido.
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