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Controles de vehículos particulares en Quito tras medidas de restricción por coronavirus

Desde este martes 17 de marzo del 2020 a partir de las 06:00 rige la restricción de movilidad a nivel nacional. En Quito, el alcalde Jorge Yunda suspendió la circulación vehicular y peatonal en todo el Distrito, pero esta mañana se ha podido evidenciar personas en las paradas esperando un transporte y vehículos circulando. Representantes de la seguridad se encuentran en distintos puntos de la ciudad informando a la ciudadanía sobre las medidas para frenar el coronavirus.

Desde horas de la mañana, Agentes de Tránsito, Policía Nacional, Agencia de Control y Fuerzas Armadas se han desplegado en la ciudad para brindar información sobre la restricción vehicular y peatonal, además de posteriores sanciones.

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Los lugares donde se realiza el control vehicular son en los sectores: Intercambiador de Carcelén, Redondel de los Caracoles, el Condado, Carapungo y el sector del Terminal terrestre de Carcelén. Además de Guápulo, el túnel de Guayasamín, el Ciclista,  redondel de la Simón Bolívar y Granados, Simón Bolívar, Rumiñahui y en el sector de Cumbayá. 

Trabajadores pueden denunciar si su empresa no acata las órdenes de restricción

En redes sociales se ha podido evidenciar carga vehicular en el sur de Quito y también personas sin mascarillas que han mencionado están dirigiéndose a sus trabajos pero no han encontrado buses ni taxis para poder hacerlo. Ante eso, la ministra de Gobierno, María Paula Romo, insistió en que las empresas, industrias o comercios que no estén relacionados con actividades de primera necesidad no pueden seguir laborando. «No es una decisión de las empresas… No es opcional… Tienen que suspender sus actividades», indicó Romo.

¿Qué ocurre si un empleador no acata esta disposición? La ministra aseguró que los trabajadores pueden comunicarse con el Ministerio de Trabajo y hacer la respectiva denuncia. 

Para hacer el trámite se necesita un oficio que, por la restricción de circulación, debe enviar a la página web en línea o mediante correo electrónico.

Pasos:

1. Realizar la denuncia mediante el canal telefónico 1800-266822, o mediante el correo electrónico denuncias@trabajo.gob.ec; o en línea mediante el ítem «Ir al trámite en línea».

2. Recibir la respuesta del Ministerio del Trabajo por el medio de notificación registrado. El trámite no tiene costo.

Cuatro modalidades de trabajo se pueden aplicar ante la emergencia sanitaria por coronavirus en el país: teletrabajo, reducción, modificación o suspensión de la jornada laboral.

¿Quiénes pueden circular?

Según el documento del COE Nacional se establece que las medidas de suspensión laboral presencial y restricción de circulación de personas no se aplicará para personas que requieran movilizarse y pertenezcan a sectores de:

  1. Salud de la red pública y privada.
  2. Seguridad pública. privada, servicios de emergencias, y agencias de control.
  3. Sectores estratégicos.
  4. Servicios de emergencia vial.
  5. Sector exportador y toda su cadena logística.
  6. Prestación de servicios básicos como agua potable, electricidad, recolección de basura, y entre otros.
  7. Provisión de alimentos incluido el transporte y comercialización.
  8. Provisión de medicinas, insumos médicos, sanitarios incluido su transporte y comercialización.
  9. Industrias y comercios relacionados al cuidado y crianza de animales.
  10. Trabajadores de los medios de comunicación.
  11. Sector financiero.
  12. Servicio consular acreditado en el país.
  13. Personas particulares en caso de emergencia debidamente justificada.

Se constituirá un salvoconducto para personal de salud cualquiera de estos documentos: credencial profesional, cédula, certificado de inscripción de título o certificado del centro de salud público o privado.

El toque de queda es de este martes 17 de marzo de 21:00 a 05:00.

Desde el miércoles 18 de marzo de 2020 a partir de las 05:00 se aplicará la restricción de circulación vehicular conforme al último número de su placa, aplicando el sistema PAR e IMPAR hasta el 5 de abril de 2020.

NO CIRCULAN:

  1. Lunes, miércoles, viernes y domingo los pares y cero.
  2. Jueves, sábado y domingo los impares.

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