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Hasta ocho años de prisión sería la pena máxima para Rafael C. y más procesados por Caso Sobornos

Hasta ocho años, incluidos los agravantes del caso, es la pena máxima por el delito de cohecho en Ecuador, según la abogada jurídica Gabriela Maldonado. Esta sería la pena que podría afrontar Rafael C., y demás funcionarios procesados por el Caso Sobornos, tras el pedido de «pena máxima» por parte de la Fiscalía General del Estado.

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El expresidente Rafael C., procesado como autor mediato, y los demás funcionarios públicos y empresarios, como autores directos, afrontarían esta pena si se acepta el pedido de la fiscal Diana Salazar, como parte de su alegato de cierre en la audiencia por Caso Sobornos.

Según Fiscalía, la pena máxima es de seis años y si los agravantes son aceptados por los jueces, se sumaría un tercio de la pena.

 

¿Qué dice el COIP?

 

Según el Art. 280 del Código Orgánico Integral Penal, las o los servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal en alguna de las instituciones del Estado, enumeradas en la Constitución de la República, que reciban o acepten, por sí o por interpuesta persona, beneficio económico indebido o de otra clase para sí o un tercero, sea para hacer, omitir, agilitar, retardar o condicionar cuestiones relativas a sus funciones, serán sancionados con pena privativa de libertad de uno a tres años. Según Maldonado, en este primer caso la pena máxima sería de 4 años.

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Si la o el servidor público, ejecuta el acto o no realiza el acto debido, será sancionado con pena privativa de libertad de tres a cinco años. En esta caso, la pena máxima llegaría a 6 años y medio.

Si la conducta descrita es para cometer otro delito, la o el servidor público, será sancionado con pena privativa de libertad de cinco a siete años. En este tercer caso, la experta consultada señala que la máxima sería de hasta nueve años.

La persona que bajo cualquier modalidad ofrezca, dé o prometa a una o a un servidor público un donativo, dádiva, promesa, ventaja o beneficio económico indebido u otro bien de orden material para hacer, omitir, agilitar, retardar o condicionar cuestiones relativas a sus funciones o para cometer un delito, será sancionada con las mismas penas señaladas para los servidores públicos.

 

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