El jueves 02 de enero del 2020 ocurrió un robo en las calles transversales de la sexta etapa de la Alborada, Guayaquil. Dos mujeres fueron interceptadas por dos sujetos que iban a bordo de una motocicleta.
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Moradores del sector señalaron que los antisociales hacen de las suyas desde tempranas horas de la mañana. Incluso, verifican si los bienes inmuebles están habitados para aprovechar y robar dentro de ellos.
Los delincuentes visten indumentarias y una caja similar al que usan para trasladar productos de comida, propios de una aplicación digital. Esta no es la primera vez que los delincuentes aplican la misma estrategia. El año pasado, un sujeto robó las pertenencias de una mujer que estaba en las afueras de una unidad educativa, Samborondón.
Sanción tipifica en el Código integral Penal
La persona que mediante amenazas o violencias sustraiga o se apodere de cosa mueble ajena, sea que la violencia tenga lugar antes del acto para facilitarlo, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años.
Cuando el robo se produce únicamente con fuerza en las cosas, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años.
Si a consecuencia del robo se ocasionan lesiones de las previstas en el numeral 5 del artículo 152 se sancionará con pena privativa de libertad de siete a diez años.
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Si el delito se comete sobre bienes públicos, se impondrá la pena máxima, dependiendo de las circunstancias de la infracción, aumentadas en un tercio. Si a consecuencia del robo se ocasiona la muerte, la pena privativa de libertad será de veintidós a veintiséis años.