Desde hace algún tiempo, el control y seguridad de la ciudad se ha visto modificada y reforzada por las distintas entidades de control, en cuanto al uso del espacio público y sobre todo en relación a la organización de eventos masivos.
PUBLICIDAD
Es por esto que las últimas ordenanzas emitidas por el Concejo de Metropolitano de Quito en el 2014 especifica y exige a los organizadores y representantes de eventos al cumplimiento de las mismas, caso contrario estas podrían ser causales judiciales.
A continuación compartimos algunas de las normativas que deben ser tomadas en cuenta, antes y durante la organización de espectáculos públicos.
¿A qué se refiere con ‘Espectáculo Público’?
Según el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, ‘apoya en todo sentido’ en cuanto a la organización de eventos masivos, que cumplan con los permisos correspondientes y el buen uso del espacio público. Además, ‘en los que exista respeto, inclusión y solidaridad.
Sin embargo, es importante tener en cuenta que un evento público entre 1 a 1500 personas ya se requiere un plan de emergencia aprobado por la Unidad de Control e Inspecciones de la Dirección Metropolitana de Gestión de Riesgo (UCI).
Es por esto que en el sitio Web del Municipio se especifica lo siguiente en cuanto a lo planteado como ‘espectáculo’ o evento público’:
«Espectáculo es toda actividad que provoque aglomeración de público con fines de recreación colectiva. Que se lleve a cabo como consecuencia de una convocatoria pública, general e indiferenciada, donde los asistentes disfrutan y comparten expresiones artísticas».
Permisos previos a la organización de eventos masivos
Al no existir un límite al numero de personas dentro o fuera de un establecimiento que ha sido destinado para ser sede de espectáculos públicos, todos deben cumplir con los siguientes requerimientos, sin ninguna excepción:
PUBLICIDAD
- Primero: aplicar al proceso de solicitud de aprobación del evento, con suficiente tiempo de anticipación, por lo menos con 20 días de antelación.
- Segundo: haber enviado un oficio dirigido a la Administrador Zonal, el cual debe constar: fecha, hora, lugar, espacio físico a ocupar.
- Tercero: en caso de requerir cierre de vías, se debe enviar previamente un oficio a la ‘Agencia Metropolitana de Tránsito’ detallando los tramos a cerrar.
Por otro lado, durante el espectáculo se deben tomar en cuenta las siguientes reglas, las cuales deberán ser controladas y cumplidas por el organizador del evento y de la persona (autoridad) encargada del control de la ciudadanía:
- Asegurarse, que no ingrese mayor número de personas al aforo aprobado por el órgano competente del Municipio.
- Cumplir con las especificaciones definidas en el Plan de Contingencia, aprobado para la realización del evento.
- Establecer servicios de vigilancia y seguridad privada; que se encargue de precautelar la seguridad de los asistentes y su bienes, antes, durante y al finalizar el evento.
- Contar con personal de primeros auxilios y de apoyo emergente, requerido y exigido en el plan de Contingencia aprobado.
- Establecer puertas y salidas de emergencia y una adecuada señalética.
Por otro lado, el Municipio de Quito también asegura que en la organización de dichos eventos se contará con la debida asesoría, por parte de la Administración Zonal con la persona encargada de riegos.
Y cada una de los incumplimientos de los normativas adjuntas dentro de las Ordenanzas del Municipio deberán ser sancionadas como establezca la ley.