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Ratifican sentencia condenatoria por violación para azafata de autobús escolar

La Fiscalía informó que se ratificó la sentencia condenatoria por violación  para Ibis Tamara F. R., una azafata de un autobús escolar que transportaba a la víctima (una niña de 3 años).

«La sentencia condenatoria por violación fue ratificada con voto de mayoría de los jueces Fabricio Robalino y Carlos Figueroa, integrantes de la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha (segunda instancia)», se lee en el texto de la Fiscalía.

Esto quiere decir que se mantiene la pena de veintinueve años y cuatro meses de privación de la libertad. Además, una reparación integral de 5.000 dólares a favor de la víctima y una multa de 800 salarios básicos unificados.

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El  12 de agosto de 2019 se efectuó la audiencia de apelación a la sentencia. En la diligencia se ratificó el fallo condenatorio del Tribunal de Garantías Penales (primera instancia).

En dicha audiencia, los jueces de Corte Provincial valoraron los argumentos de Fiscalía, que defendió la legalidad del testimonio anticipado –en cámara de Gesell– de una niña de 3 años de edad, víctima de violación.

«El testimonio de la niña, además de las pruebas periciales y testigos presentados por la Fiscalía durante el juicio instalado en febrero de 2019, en primera instancia, son la base para que Ibis Tamara F. R., de 36 años, fuera hallada culpable y sentenciada como autora», se lee.

En la segunda instancia, la Fiscalía Especializada en Violencia de Género No. 4 de Pichincha refutó las pretensiones de la defensa de la ciudadana sentenciada. Enfatizó que al receptar el testimonio anticipado de la víctima se cumplieron con las reglas del artículo 510 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

«Se receptó en cámara de Gesell, con la presencia de un juez de Garantías Penales, de la Fiscalía y de la defensa de la procesada. Además, las partes fueron notificadas con anticipación», se añade.

Los hechos

Según detalla la Fiscalía, la noche del 18 de noviembre de 2015, la niña contó a su abuela que en varias ocasiones la azafata de la buseta lastimó sus partes íntimas. La niña era la última en quedarse del recorrido escolar.

«La víctima nunca cambió su relato cuando contó los hechos a su familia y posteriormente a la psicóloga en cámara de Gesell (…) además identificó a su agresora», indicó.

La concordancia del testimonio tomó fuerza con la pericia médico-legal, que detectó lesiones por el abuso sexual; y en la valoración psicológica, en la que la niña describe cómo fue agredida por Ibis Tamara F. R.

El voto salvado del juez Henry Cáliz declaró la nulidad del proceso desde el testimonio anticipado, acogiendo el alegato de la defensa técnica de la ciudadana sentenciada.

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