Este lunes se efectuó una audiencia en la Corte Constitucional de Ecuador. En la diligencia se analizó una demanda de inconstitucionalidad a los requisitos de entrada al país para los venezolanos emitidos por las autoridades. Por ejemplo el pasaporte y los antecedentes penales.
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La jueza nacional Daniela Salazar presidió la vista judicial que analizó los argumentos presentados por los demandantes, la Defensoría del Pueblo ecuatoriano y ciudadanos, así como al canciller ecuatoriano, José Valencia, como responsable del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
En un comunicado en su cuenta de Twitter, la jueza Salazar explicó que:
«Los accionantes alegaron que los acuerdos ministeriales son contrarios al principio de igualdad y no discriminación, al principio de estado de inocencia, al derecho a migrar y a la libre circulación, al interés superior del niño y a la unidad familiar», entre otros.
Tras escuchar las intervenciones de las partes, la jueza Daniel Salazar concluyó la audiencia y dispuso cinco días para que las partes ingresen la documentación pertinente.
El canciller Valencia citó estadísticas de la ONU y señaló que actualmente residen en Ecuador 310.000 personas de nacionalidad venezolana, número que podría incrementarse a medio millón para finales de año, de acuerdo a un comunicado de la ONG local Inredh, que intervino en la audiencia.
El ministro sostuvo que los migrantes de ese país sí tienen la capacidad para obtener los documentos que solicitan las autoridades.
En la audiencia los demandantes presentaron dos vídeos testimoniales de venezolanos que aseguraron que el costo de apostillar el documento cuesta entre 100 y 200 dólares, más las dificultades para lograrlo y que evidenciaron -según la ONG- que los requisitos en lugar de frenar el flujo migratorio han puesto en peligro a los propios emigrantes.
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Human Rights Watch (HRW) solicitó el mes pasado a Ecuador en relación a este caso, que proteja los derechos de los emigrantes venezolanos, en un escrito presentado ante la Corte Constitucional bajo la modalidad de «amicus curiae».
En marzo pasado la Defensoría del Pueblo de Ecuador, junto con representantes de varias organizaciones ecuatorianas, solicitaron a la Corte que declarara inconstitucionales los requisitos impuestos por el Gobierno ecuatoriano a los venezolanos que buscan radicarse en Ecuador.
Ese mismo mes un panel de jueces admitió la acción de inconstitucionalidad y adoptó medidas provisionales suspendiendo dichos requisitos hasta la resolución definitiva del caso.
En agosto de 2018, y a raíz de un flujo masivo migratorio procedente de Venezuela, las autoridades ecuatorianas anunciaron que exigirían que los venezolanos presentaran un pasaporte para ingresar en el país, cuando hasta entonces podían acceder al territorio ecuatoriano con una cédula de identidad.
En enero pasado se sumó la decisión adoptada al calor de un crimen machista protagonizado por un venezolano, de que debían presentar adicionalmente los antecedentes penales de su país de origen o donde hayan residido en los últimos cinco años.
De acuerdo a datos de la Oficina de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) para los refugiados y los migrantes de Venezuela, más de 3,7 millones de venezolanos han huido de su país.
Con información de EFE