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Estos son los requisitos para repatriar un cadáver en Ecuador

El Consulado es la entidad responsable en inscribir las defunciones de los ecuatorianos residentes en el exterior y de los extranjeros domiciliados en Ecuador.

Este viernes 22 de junio la ministra colombiana de Exteriores confirmó que los cuerpos hallados son de los periodistas de “El Comercio”. Los cuerpos fueron hallados después de dos meses y 18 días.

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Respecto al cuarto cuerpo encontrado las autoridades no dieron información.

Las investigaciones del equipo forense se tardará entre 24 y 48 horas. En el caso de confirmarse esta información se agilizará el proceso de repatriación.

Repatriación

El consulado es competente para inscribir las defunciones de los ecuatorianos residentes en el exterior y de los extranjeros domiciliados en el Ecuador.

Los requisitos para la inscripción de defunción

  1. Estadístico de defunción o su equivalente; legalizado.
  2. Documento de identidad o datos de filiación del fallecido.
  3. Documento de identidad o datos de filiación de la persona que solicita la inscripción.
  4. En caso que la inscripción sea realizada pasados los 365 días desde el fallecimiento:
  5. Certificado de sepultura o su equivalente.

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Costos

Inscripción oportuna de defunción (dentro de las 48 horas siguientes a la defunción): GRATIS.

Inscripción tardía de defunción (pasadas las 48 horas de la defunción): 5 dólares.

Para la repatriación de cadáveres o cenizas de ecuatorianos fallecidos en el exterior se requiere:

  1. Original del documento de identidad del requirente.
  2. Original del documento de identidad ecuatoriana o partida de nacimiento del ecuatoriano/a fallecido/a.
  3. Certificado médico de defunción o el documento legal en que conste la fecha y causa de la muerte.
  4. Solicitud de repatriación en formato entregado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana

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