Julio José Prado, jeje de la Asociación de Bancos Privados del Ecuador anunció mediante un comunicado que los días de feriado 30 y 1 de mayo (decreto ejecutivo) se atenderá al público mediante la red de cajeros automáticos.
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Esto incluye a los corresponsales no bancarios como los puntos que atienden en locales comerciales, farmacias. Así como también los canales electrónicos y en las oficinas bancarias que permitan la modalidad del horario diferido.
Esto se cumple de acuerdo al decreto 380 que dice, » la suspensión de jornada de trabajo del día 30 de abril es obligatoria para los trabajadores y empleados del sector publico y privado». Este decreto fue firmado el día jueves 26 de abril por el presidente Lenin Moreno.