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Estos son los establecimientos que no podrán vender licor los domingos en Ecuador

Nueva normativa establece el tipo de establecimientos que podrán vender licor los domingos, además de otros horarios de atención.

(Rick Theis/Getty Images/EyeEm)

Una nueva normativa regirá para el control del expendio de bebidas alcohólicas en el país, tras su publicación el 20 de abril en el registro oficial.

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En ella se determina horarios y restricciones que tendrán los negocios en la venta y consumo de bebidas alcoholicas.

  1. Los supermercados podrán vender bebidas alcohólicas todos los días para consumo exclusivo en los domicilios, dentro de su horario permitido, de lunes a domingo de 06:00 a 22:00.
  2. Los locales ubicados dentro de las gasolineras vender este tipo de bebidas sin refrigeración para consumo exclusivo en domicilios, de lunes a miércoles, de 16:00 a 22:00 y de jueves a sábado, de 18:00 a 00:00. Los domingos solo podrán hacerlo de 10:00 a 15:00.

Quienes tienen restricciones en cuanto a la venta y atención en domingo serán:

  1. Las licorerías. Su horario de funcionamiento será de lunes a miércoles de 14:00 a 22:00 y de jueves a sábado, de 14:00 a 01:00.
  2. Los centros de diversión para mayores de 18 años, dentro de la categoría 2 y que no tienen permisos turísticos. Incluye a cantinas, galleras, billares. En cambio, los negocios de esta categoría que sí cuentan con permisos turísticos, podrán funcionar de lunes a miércoles de 15:00 a 24:00 y de jueves a sábado de 12:00 a 03:00.

En el 2010, el Gobierno ecuatoriano prohibió la venta de bebidas alcohólicas los domingos basado en la relación entre  homicidios y el consumo de este tipo de sustancias. En el 2016, a través de un acuerdo ministerial, se flexibilizó el expendio los domingos.

 

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