El Consejo Nacional Electoral informó sobre los trámites puntuales que deben realizar después de la consulta popular. Entre ellos se encuentra el pago a los miembros de las juntas receptoras del voto.
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Los ciudadanos que fueron parte de la Junta Receptora del voto y proporcionaron una cuenta electrónica o no dieron cuenta bancaria pueden solicitar el pago desde el 16 de abril del 2018.
Según diario El Comercio para recibir el pago deben presentar la cédula de identidad en las siguientes instituciones bancarias: Banco del Pacifico, BanEcuador, Banco Capital, Banco del Austro, Banco Internacional, Banco Procredit, Mutualista Azuay, Mutualista Imbabura y Mutualista Pichincha. También se puede retirar el pago en las cooperativas de ahorro y crédito cantonales.
Multa
Según el articulo 292 del código de la democracia las personas que no se acercaron a sufragar deben pagar una multa de USD 38,60, equivalente al 10% del salario básico unificado.
En el caso de no pagar la multa el ciudadano no podrá obtener un certificado de votación. No existe un plazo para cancelar la multa.
La persona que no cumplió con el llamado para integrar la junta receptora del voto y tampoco sufragó debe pagar doble sanción. La persona debe pagar una multa de USD 96,50.
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Artículo
«Quienes no pueden votar por mandato legal. Quienes no pudieren votar por motivo de salud o por impedimento físico comprobados con el certificado de un facultativo médico de salud privada emitido bajo juramento, o del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. Quienes hayan sufrido calamidad doméstica grave ocurrida en el día de las elecciones o hasta ocho días antes; quienes se ausenten o lleguen al país el día de las elecciones», según el articulo 292.
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