Desde el 1 de febrero de 2018 entra en vigencia la Resolución No. 437-2018-F que establece que los las tasas de interés para microcréditos por parte del segmento 1 del sector financiero popular y solidario (Activos mayores a 80’000.000,00) será más baja.
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De esta forma, en el artículo único de la resolución se establecen las siguientes tasas:
- a. Microcrédito Minorista: 28,50%
- b. Microcrédito de Acumulación Simple: 25,50%
- c. Microcrédito de Acumulación Ampliada: 23,50%
En la disposición general del documento se aclara que para las entidades financieras que no pertenezcan al segmento 1 del sector financiero popular y solidario, se mantendrán las tasas de interés máximas para el Segmento Microcrédito:
- a. Microcrédito Minorista 30.50%
- b. Microcrédito de Acumulación Simple 27,50%
- c. Microcrédito de Acumulación Ampliada 25.50%
En el siguiente enlace puedes acceder al documento completo: haz clic aquí.
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