A continuación te presentamos algunas recomendaciones que debes tener en cuenta antes de ejercer tu voto en la Consulta Popular que se realizara el 4 de febrero del 2018.
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- El voto es obligatorio para todas las personas mayores de 18 años y menores de 65.
- Las personas mayores de 18 años privadas de libertad sin sentencia condenatoria también pueden ejercer su derecho al voto.
- El ejercicio del voto es de carácter facultativo a todas las personas entre 16 y 18 años, mayores de 65 años, integrantes de las fuerzas armadas o policía nacional, personas con discapacidad o analfabetas.
- Los ciudadanos pueden ejercer su voto presentando su cédula de ciudadanía, de identidad o pasaporte en la correspondiente junta del voto. En el ejercicio del voto no se considera la vigencia de los documentos pero si su autenticidad.
- La cédula es primordial para votar. Ante eso, el Registro Civil trabajará en horarios extendidos para satisfacer la necesidad de los usuarios.
- El horario de atención se extiende hasta las 18.00 horas, entre hoy 31 y el viernes 2 de febrero.
- El sábado 3 se atenderá de las 8:00 hasta las 18:00, mientras que el domingo 4 se realizará desde las 8:00 hasta las 14:00 horas.
¿Quiénes no pueden votar?
Los ciudadanos que no pueden ejercer su voto son los que posean interdicción judicial o sentencia ejecutoria dictaminado por el Tribunal Contencioso Electoral.