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Dictan pena de 12 meses de prisión a exfuncionaria del IESS

En la audiencia preparatoria de juicio, la exfuncionaria del IESS solicitó someterse al procedimiento abreviado, aceptando su responsabilidad como autora directa del delito de tráfico de influencias.

La Jueza Paola Campaña dictó una pena de 12 meses de prisión , una multa de 12 salarios básicos unificados y la reparación integran por un valor de USD 200.000 para María Sol L., exfuncionaria del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).

En la audiencia preparatoria de juicio, la exfuncionaria solicitó someterse al procedimiento abreviado, aceptando su responsabilidad como autora directa del delito de tráfico de influencias.

Ante el pedido realizado por la defensa de Maria Sol L, el fiscal del caso José Maldonado respetó la concesión de esta figura legal que establece el COIP y la jueza instaló la audiencia de procedimiento abreviado. En su dictamen impuso una pena de un año de pena privativa de libertad, además de una multa y la reparación integral por el perjuicio.

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La exfuncionaria del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social fue detenida el pasado 5 de agosto de 2017 en el aeropuerto Mariscal Sucre de Quito cuando intentaba viajar a los EE.UU., junto con toda su familia.

Las acciones de la Fiscalía General del Estado comenzaron luego que la Contraloría emitiera un informe del examen especial realizado al patrimonio de la sociedad conyugal, desde el 1 de enero de 2010 hasta el 15 de junio de 2015.

Durante este período fue Directora General del Hospital Carlos Andrade Marín y Coordinadora Nacional del IESS. Además, fue funcionaria del Ministerio de Industrias como asesora del Despacho y Coordinadora General de Planificación.

María Sol L. estaba siendo procesada por el delito de tráfico de influencias, en el que también está implicado el expresidente del IESS, Ramiro G. y 7 personas más.

El delito de tráfico de influencias, tipificado en el Artículo 285 del Código Orgánico Integral Penal, COIP, es sancionado con una pena privativa de la libertad de tres a seis años. Al someterse al procedimiento abreviado el COIP estipula una reducción sustancial de la pena.

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