Este 21 de diciembre de 2017, el Tribunal de la Corte Nacional de Justicia rechazó el pedido de suspensión condicional de la pena del Vicepresidente Jorge Glas.
De acuerdo con detalles proporcionados por la Fiscalía General del Estado, se acogió los argumentos de la institución.
Esto se debería a que el pedido del abogado del Segundo Mandatario no cumple con lo dispuesto en el Art. 630, numeral 1 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), es decir, que la pena privativa de libertad no exceda de 5 años.
Durante la audiencia, Carlos Baca, fiscal, rechazó que la defensa del Vicepresidente trate los asuntos legales fuera de la sala de audiencias.
Este jueves también se iba a tratar el pedido de Gustavo M., sentenciado a 14 meses de prisión por el delito de asociación ilícita en el caso Odebrecht; sin embargo, desistió del pedido de suspensión condicional de la pena y abandonó la sala de audiencia de la Corte Nacional de Justicia.
URGENTE I Tribunal de la Corte Nacional acoge argumentos de FGE y rechaza pedido de suspensión condicional de la pena del Vicepresidente Jorge G. al no cumplir con lo dispuesto en el Art. 630, numeral 1 del COIP, es decir, que la pena privativa de libertad no exceda de 5 años pic.twitter.com/GctukAk1P0
— Fiscalía Ecuador (@FiscaliaEcuador) December 21, 2017
AHORA l Fiscal #CarlosBacaM rechazó que la defensa del Vicepresidente trate los asuntos legales fuera de la sala de audiencias y pidió al Tribunal que rechace el pedido de suspensión condicional de la pena al no cumplir los requisitos del Art. 630, numeral 1 y 3 del COIP pic.twitter.com/B4QjtMVFZO
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