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Yasunidos pide modificación a pregunta de la consulta popular

El colectivo afirma que esta es la única pregunta que no contiene un anexo explicativo de su alcance e interpretación.

Este 17 de octubre, el colectivo Yasunidos se presentó en la Corte Constitucional un pedido de modificación a la pregunta cinco de la Consulta Popular, relacionada con la explotación petrolera dentro del Parque Nacional Yasuní ITT y la ampliación de la Zona Intangible Tageri Taromenane (ZITT).

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De acuerdo con información de Ecuador en vivo, el colectivo afirma que esta es la única pregunta que no contiene un anexo explicativo de su alcance e interpretación y que los pueblos indígenas que habitan allí tienen protección especial y sus derechos tienen que ser protegidos.

«La pregunta del Yasuní es la más abierta de todas, lo cual pone en riesgo a los Pueblos Indígenas en Aislamiento (PIA) Tagaeri y Taromenani si es que su aplicación, en caso de triunfar el si, no es precisada correctamente (…) La consulta popular es una oportunidad más para hacer efectivos estos derechos, si es que la pregunta es correctamente formulada», explican en el documento.

De igual forma, a pesar de que destacan que con la ampliación de la zona intangible se asume la responsabilidad de la protección de los Pueblos Indígenas en Aislamiento, cuestionan que no ha quedado explicado de manera clara hacia donde será la extensión y en qué cantidad.

Con respecto a la ampliación de la zona intangible, de al menos 50 mil hectáreas, el colectivo aplaude la voluntad de asumir finalmente la responsabilidad de la protección de los Pueblos Indígenas en Aislamiento al incluir este tema en una Consulta Popular, no obstante, a su juicio es necesario explicar de manera clara de hacia donde será extendida, en qué cantidad.

Asimismo, indican que para que una pregunta como ésta sea considerada constitucional por los estándares de la Constitución y de la Corte, ésta debería ser interpretada de la siguiente manera:

1. Respecto al parámetro de la formulación de una sola cuestión por pregunta es claro que el incremento de la zona intangible tiene estrecha relación con la reducción del área de explotación petrolera autorizada por la Asamblea Nacional en el Parque Nacional Yasuní.

Esto se debe a que la zona intangible, creada para la protección de los pueblos indígenas aislados y delimitada por Decreto Ejecutivo No. 2187 de 3 de enero de 2007 se encuentra dentro del Parque Nacional Yasuní y limita con el área de explotación petrolera autorizada por la Asamblea Nacional. Por lo tanto, existe directa relación entre las componentesplanteadas en la pregunta.

2. Sobre la prohibición de la aprobación o rechazo en bloque de varios temas, como pudimos observar, la pregunta tiene relación con un mismo tema, por lo que este requisito se encuentra cubierto.

3. El parámetro que la pregunta no esté encaminada a establecer excepciones puntuales que beneficien un proyecto político específico de igual formala pregunta cumple con este requisito, puesto que la pregunta se refiere a consultar alaciudadanía sobre la ampliación de las zonas de protección de pueblos indígenas aislados que se encuentran en amenaza por la explotación petrolera realizada en la zona, lo cual no es una excepción que beneficie a ningún proyecto partidista.

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