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Tribunal rechaza petición de Perenco de no atender el reclamo ambiental de Ecuador

Se espera que el Tribunal “asigne de manera técnica y correcta un adecuado monto para la reparación ambiental en la Amazonía ecuatoriana”.

El Tribunal Arbitral del caso Perenco acogió los argumentos de Ecuador e inadmitió el pedido de la petrolera de dar por concluido el reclamo ambiental, lo que fue saludado por el procurador del Estado, Diego García, quien señaló que la decisión reafirma la posición de su país.

Dijo que ahora se espera que el Tribunal “asigne de manera técnica y correcta un adecuado monto para la reparación ambiental en la Amazonía ecuatoriana”.

La decisión obedece a que Perenco no objetó la competencia del Tribunal al inicio del arbitraje por lo que ya emitió una decisión provisional sobre el reclamo ambiental. Así mismo, explica que la petición de anulación del laudo arbitral del caso Burlington por parte del Ecuador, impide que se pueda rechazar el reclamo ambiental en el caso Perenco.

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Para fundamentar su solicitud, Perenco invocó el laudo final del caso Burlington, en el que otro Tribunal ya ordenó a la compañía pagar al Estado ecuatoriano la suma de US $ 41´776.492,80 por la contaminación ambiental hallada en los Bloques 7 y 21 de la Amazonía, así como de los daños ocasionados por la operación de bajo costo que compartió con Perenco.

La petrolera argumentó que la decisión del Tribunal del caso Burlington tiene efecto de cosa juzgada e incluía cualquier reclamo por daño ambiental en los bloques operados por el Consorcio y “por tanto no cabe que se fije una indemnización adicional por daño ambiental.

“No existe la posibilidad de alegar cosa juzgada por parte de Perenco”, señaló el Tribunal, según recoge un comunicado de la Procuraduría.

La decisión del Tribunal Perenco, integrado por los árbitros Peter Tomka (Presidente), Neil Kaplan y J. Christopher Thomas; también tiene como fundamento su propia conclusión de 11 de agosto de 2015, cuando a través de una decisión provisional declaró su convicción de la existencia de contaminación en los bloques 7 y 21.

Esta decisión fue tomada en el marco del arbitraje que inició Perenco en contra del Estado ecuatoriano en abril de 2008, por una supuesta violación del Tratado Bilateral de Protección de Inversiones suscrito entre Ecuador y Francia por la aplicación de la Ley 42-2006. Vale recordar que Ecuador planteó contrademandas ambientales también en contra de Burlington dentro del arbitraje de inversiones iniciado por esta en base al Tratado de Inversiones suscrito con Estados Unidos.

Fuente: Andes

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