El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) publicó una nueva Resolución sobre el Procedimiento General para el Despacho de Equipaje de Pasajeros y Tripulantes que ingresan o salen de los Aeropuertos Internacionales del Ecuador.
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A través de un comunicado que el Senae difundió a través de sus redes sociales se especifica que «son efectos personales aquellos bienes que lleve consigo el pasajero o grupo familiar en razón de su viaje, siempre que por su cantidad o valor no puedan ser considerados comerciales y que sean de fácil transportación».
De acuerdo a la resolución, en el listado de efectos personales que se han sometido a variaciones que «se ajustan a los avances tecnológicos y necesidades que los pasajeros mantienen en la actualidad».
Los cambios en el listado de efectos personales son los siguientes:
• Un televisor de hasta 32”, nuevo o usado.
• Un dron de hasta USD $500, nuevo o usado.
• Implementos para adultos mayores o personas con discapacidad, para pasajeros o sus familiares de cuarto grado de consanguinidad y segundo grado de afinidad, en cantidades exclusivas de uso personal.
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• Vitaminas
• 4kg de suplementos alimenticios.
• 3 artículos deportivos distintos y/o sus accesorios.
• 2 accesorios musicales que no estén con su instrumento musical principal.
• 2 accesorios de consolas para videojuegos.
• Una impresora de escritorio de hasta USD $300, nueva o usada.
• Reproductor digital multimedia y/o reproductor de imagen/video o sonido portátiles, de uso doméstico, uno nuevo y uno usado.
Asimismo, los pasajeros también podrán ingresar como efectos personales un bien o conjunto de bienes no especificados en el listado, hasta por USD $500.