Con 84 votos afirmativos, 2 negativos y 25 abstenciones, la Asamblea Nacional aprobó la Ley del Servicio Público y al Código de Trabajo, que regula los días de descanso obligatorio.
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La reunión se inició a las 9:30 en el seno de la Asamblea y por votos la normativa establece que habrán 11 días de asueto en el país y uno más en cada provincia o cantón. En total 12 días de feriado al año.
La normativa entraría en vigencia antes de los próximos feriados. Eso sí, si no existe un veto presidencial. Es decir, la Ley llegará al Ejecutivo para que de la aprobación.
De tener el visto bueno, el lunes 26 de diciembre será parte del feriado de Navidad y el 2 de enero del 2017, de Año Nuevo.
La presidenta de la Comisión de los Derechos de los Trabajadores, Marllely Vásconez, quien presentó el proyecto, indicó que estos feriados no son recuperables y solo se han añadido a los 9 que regularmente se otorgaban, los 2 días de carnaval, que ya no serán recuperables.
Según el escrito de la Ley, el proyecto consta que los feriados que caigan el martes serán trasladados al día lunes anterior, y los que ocurran en miércoles y jueves, al viernes.
Eso no es todo, el cuerpo de la Ley dice que los feriados que sucedan en sábado se trasladan al viernes anterior y en domingo al lunes posterior.
¿Cuándo no se cambiará?
Cuando caigan martes, miércoles o jueves serán el 1 de enero, 25 de diciembre y el martes de carnaval. Todos los traslados se aplican de igual manera para feriados locales y nacionales, señaló Vásconez.