Según lo contemplan las leyes ecuatorianas, todas las instituciones tanto públicas como privadas tienen la obligación de afiliar a sus empleados al seguro social, con la finalidad de recibir beneficios como salud, jubilación, etc. El aporte que se debe descontar de su rol de pagos, se calculará en base a la remuneración recibida, y varía en caso de ser un empleado del sector público o privado.
PUBLICIDAD
Según la tabla de aportación para este 2016, los trabajadores del sector privado bajo relación de dependencia, así como de los miembros del clero secular, aportan un total de 20,60 %: 9.45 de forma personal y 11.15 por parte del empleador. Este rubro cubre seguro de invalidez, vejez y muerte; Ley orgánica de Discapacidades; seguro de salud, seguro de riesgos del trabajo, cesantía, seguro social campesino y gastos de administración.
Por los mismos rubros, los empleados bancarios, municipales y de entidades públicas descentralizadas; notarios, registradores de la propiedad y registradores mercantiles, aportan 22.60 %, 11.45 de forma personal y 11.15 por parte del empleador.
Los servidores públicos, incluido el magisterio y los funcionarios y empleados de la Función Judicial o de otras dependencias que prestan servicios públicos. Mediante remuneración variable, en forma de aranceles o similares, aportan con 20.60 %, 11.45 de forma personal y 9.15 por parte del patrono.
A su vez, los funcionarios del servicio exterior residentes en el extranjero, aportan al IESS con 18.60%, 9.45 de forma personal y 9.15 por parte del empleador.
Denuncias
En caso de alguna irregularidad, los reclamos –de afiliados- por falta de afiliación o por incumplimiento de obligaciones al “Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social” se presentan a través de la página web del IESS, mediante un formulario que se encuentra en la página o en forma directa en las unidades responsables de la respectiva Dirección Provincial del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. Según la entidad, la investigación se efectúa bajo estricta reserva.
FUENTE: IESS