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Comisión de Energía presenta reglamento enmendado del CELI

La Comisión de Energía de Puerto Rico (CEPR) informó el sábado que emitió una Resolución de Enmienda al Reglamento de la Contribución en Lugar de Impuestos  (CELI).

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De acuerdo a la CEPR, tras la emisión del Reglamento 8653 el pasado octubre de 2015 se identificó varios aspectos que había que enmendar. Entre ellos se destaca que se tenía que modificar la forma que se calcula el tope máximo de consumo para los municipios; que había que incluir nuevas disposiciones sobre los cargos a los consumidores relacionados al CELI, subsidios y alumbrado público; atemperar las metas de ahorro en consumo de los municipios con los requisitos establecido en la Ley 83 de , establecer las normas para la distribución de la aportación adicional de los municipios que incumplan con las metas de ahorro,  realizar cambios en la forma en que se estima el consumo en instalaciones de usos mixtos, entre otros.

“Tanto en la propuesta de enmienda como en la versión final promulgada por la CEPR, se ha publicado el contenido total del Reglamento 8653 tal y como ha sido enmendado mediante el proceso ordinario de reglamentación dispuesto en la LPAU (Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme)”, indicó la CEPR.

De igual forma, explicaron que “l a CELI es una cantidad determinada de servicio eléctrico que la AEE debe aportar anualmente a todos los municipios en Puerto Rico a base de ciertos parámetros establecidos en la Ley. El propósito de la CELI es compensar a los municipios por los ingresos que dejan de percibir en virtud de la exención contributiva que la AEE disfruta como corporación pública .  La aportación económica que representa la CELI se determina a base de unos parámetros, los cuales se utilizan para fijar los topes máximos de consumo de servicio eléctrico municipal”.

El Reglamento 8653 estableció la manera en que se va a implantar y distribuir el CELI.

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