Economía

Zonas afectadas por el terromoto, exentas de impuestos

Las zonas afectadas por el terremoto estarán exentas de impuestos

En la noche del miércoles, 20 de abril del 2016, en mensaje a la Nación, el Presidente de la República, Rafael Correa, anunció 5 medidas para afrontar las necesidades de financiamiento generadas por el terremoto sucedido el sábado 16 de abril.

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Funcionarios del gabinete explicaron algunas características del proyecto de Ley de Contribución Solidaria con las víctimas del terremoto de Ecuador, con el que se espera recaudar entre USD 650 millones y USD 1.000 millones.

Eso no es todos, además expusieron otras acciones que serán emprendidas en beneficio de las poblaciones damnificadas en Esmeraldas y Manabí.

El incremento del 2% al Impuesto al Valor Agregado es temporal. Vinicio Alvarado, ministro Coordinador de Producción, Empleo y Competitividad, señaló que las medidas tienen como propósito afrontar la situación de emergencia generada por el terremoto.

Alvarado, además, precisó que el 2% del incremento solidario al Impuesto al Valor Agregado (IVA) tendrá una duración de un año y no afectará al 90% de los alimentos.

A su vez, el 100% de las medicinas están exentas de pago del IVA. Por su parte, Francisco Alarcón, presidente de la Cámara de Comercio de Quito, expresó que, en estos momentos, las medidas son necesarias debido al requerimiento de conseguir miles de millones de dólares para la reconstrucción de las zonas con daños severos.

Sobre el BIESS y los seguros para las personas afectadas A más de los beneficios tributarios, las autoridades manifestaron que las personas de las zonas afectadas que tenían un crédito hipotecario con el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (BIESS), están cubiertas por un seguro, gracias al cual no tendrán que cubrir la deuda pendiente con la entidad.

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Aproximadamente 14.000 familias gozarán de este beneficio, acotó Rivera, añadiendo que el BIESS reconocerá los valores que aportaron sobre una vivienda que ahora ya no existe debido al terremoto.

Por otra parte, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros dispuso que todas las aseguradoras presenten semanalmente un detalle de los siniestros reportados con relación a esta catástrofe. Las aseguradoras privadas no pueden alegar falta de aviso de siniestro dentro de los plazos pactados en las respectivas pólizas.

Decreto plantea las exoneraciones de los tributos

El director del Servicio de Rentas Internas (SRI), Leonardo Orlando (foto), informó que mediante resolución se dispuso una serie de beneficios tributarios para los damnificados de las provincias de Manabí y Esmeraldas.

El primero es que se amplía el plazo del pago de las cuotas del Régimen Impositivo Simplificado (RISE), hasta septiembre. Aplica para las personas que acumulen pagos desde enero.

También se amplía para la declaración y pago de impuesto a la renta para el ejercicio fiscal 2015. En el caso de sociedades, aquella debía realizarse durante este mes de abril hasta el mes de septiembre de 2016.

Hasta ese mismo mes también se prolonga el plazo del pago de todos los demás impuestos y tasas vehiculares.

Para ello se ha coordinado con la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) y con el servicio público para pago de accidentes de tránsito, explicó.

Por otra parte, hasta julio de este año se extiende el plazo de las demás declaraciones y pagos relacionados con el IVA y retenciones, teniendo similar tratamiento otras obligaciones tributarias que se hayan vencido en estos días y las que se venzan en los meses siguientes.

Mediante Decreto Ejecutivo se exonerará del anticipo de Impuesto a la Renta por el periodo fiscal 2016 a los contribuyentes de Manabí y de las zonas afectadas del sur de Esmeraldas. Mientras que el proyecto de ley de Contribución Solidaria también contempla algunos beneficios, agregó Orlando.

No se pagarán las cuotas RISE de abril a diciembre de 2016. Se exonera, además, el pago del saldo del Impuesto a la Renta del 2015 tanto a personas naturales como empresas.

Lo propio ocurrirá en el ICE a los bienes donados a entidades públicas; aplicaría para cocinas o cocinetas a gas que se usen en albergues o en viviendas que se puedan reconstruir.

Las donaciones están libres de todo impuesto. Los contribuyentes que hayan pagado alguna de las obligaciones que se acogen a estos beneficios recibirán la devolución de esos valores.

Fuente: Con información de El Telégrafo

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