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Proyecto de reforma tributaria incluyó los jugos y los refrescos

Con un total de 10 cambios la Comisión de Régimen Económico aprobó ayer el informe para primer debate que será el próximo lunes

La Comisión de Régimen Económico incluyó a los jugos en polvo, refrescos, jugos procesados, té listo para tomar, gaseosas y otras bebidas azucaradas en el grupo de productos que pagarán el impuesto.

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Con ocho votos favor y tres en contra, los asambleístas aprobaron ayer 8 de abril del 2016 el informe para primer debate del proyecto de Ley que será discutido el próximo lunes.

Con un total de 10 cambios se aprobó el nuevo informe a discutir.

En principio, el proyecto ordena elevar el Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) de los cigarrillos en $ 0,01 de su precio actual, para alcanzar la meta impositiva de $0,15. Sin embargo, se atendió la recomendación de la Organización Mundial de la Salud (OMS), en cuanto a que esos bienes deben tener una carga tributaria de, al menos, 75% respecto del precio de venta al público. La mesa legislativa añadió 1 centavo a la propuesta.

Se recogió el pedido de los productores de las cervezas artesanales, que por tratarse de pequeños emprendimientos, estarán exentos del aumento del ICE.

A la cerveza industrial sí se le aplicará mayor porcentaje. Las bebidas gaseosas y energizantes pagarán $ 0,25 adicionales por cada litro. Este mismo impuesto se cobrará a las bebidas azucaradas artificiales, cuando contengan más de 25% de azúcar. Para el cálculo de los porcentajes se tomarán como referencia los indicadores del semáforo nutricional.

Fueron separados los productos lácteos (y sus derivados) y aquellos que contengan, como mínimo, 50% de pulpa de fruta.

No se hicieron cambios respecto al ICE de 15% que se cobrará por los servicios de telefonía fija y móvil prestados a sociedades.

La Comisión retiró de la norma el texto que disponía el pago del Impuesto a la Renta (IR) a las pensiones jubilares del sistema de Seguridad Social porque es inconstitucional. ,

Los recursos se entregarán en dinero electrónico. La Comisión acogió la sugerencia del SRI para que se ponga un límite en los consumos que se cancelen con tarjeta de crédito, con el objetivo de evitar endeudamientos excesivos.

Para el pago del IR de los grupos de atención prioritaria, el informe expresa que estarán libres del tributo los adultos mayores de 65 años que perciban ingresos de hasta $ 3.072. No se toma en cuenta la pensión jubilar. Para las personas con discapacidad, la fracción básica desgravada se mantiene en $ 4.003 mensuales. Quienes superen estos rubros deberán cancelar el impuesto.

La Comisión reformó el artículo para que guarde armonía con la Ley de Discapacidades.

Con respecto a la importación de vehículos para las personas con discapacidad, la Comisión resolvió elevar el cupo actual de 50 remuneraciones básicas a 60.

La modificación del Presupuesto General del Estado (PGE), hasta por un total de 15%, las asignaciones a los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) se calcularán respecto a lo efectivamente recaudado. El legislador precisó que no se afectará el presupuesto de la Seguridad Social.

El proyecto establece que para salir del país, una persona podrá portar en efectivo hasta 3 salarios básicos unificados $ 1.098. Se hizo una modificación, para que cuando un adulto viaje con un menor de edad  pueda agregar un salario básico adicional ($ 366), libre de impuestos. Las transacciones de hasta $ 5.000 anuales que se realicen en el exterior, con tarjeta de crédito, no pagarán el ISD.

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