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Estas serían las posibles sanciones por acoso en Trolebús

El acoso en el Trolebús acarrea estas posibles sanciones

Las denuncias sobre acoso sexual en el transporte público acarrean sanciones que incluyen de 1 a 3 años, en caso de que un fiscal determine, según el COIP, el delito de violación a la intimidad.

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Esto, luego de que en el Trolebús, la Policía Metropolitana aprehendió a un ciudadano en delito flagrante que grababa de manera sospechosa a un grupo de estudiantes que esperaban en  la parada Quitumbe. El individuo se agachaba simulando atar los cordones de sus zapatos, mientras con su teléfono celular grababa las partes íntimas de las adolescentes.

VER:  Hombre grababa las partes íntimas de adolescentes en el Trolebús

Sin embargo, estará en manos del fiscal determinar el tipo de delito cometido, luego de la investigación de la finalidad del material encontrado en el teléfono celular.

Según el Art. 166 del COIP, el ciudadano  sería sancionado con pena privativa de libertad de uno a tres años si es acusado de acoso sexual ; la misma pena si lo es por violación a la intimidad (Art. 178).

En caso de que el material tuviera otros fines, que según el Art. 172 es sobre la u tilización de personas para exhibición pública con fines de naturaleza sexual,  sería sancionado con pena privativa de libertad de cinco a siete años. 

En el caso de Quito, al margen del ámbito del transporte, el 68 % de las mujeres ha sufrido algún tipo de acoso sexual en espacios públicos, según un estudio realizado por el Municipio y ONU Mujeres en 2011.

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