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Cómo demostrar el acoso laboral en Ecuador

Demostrar que una persona es víctima de acoso laboral puede ser un proceso complejo si no se obtiene un asesoramiento adecuado. Ante esta situación, algunos abogados explican qué pasos se pueden llevar a cabo para probar estas acciones laborales.

(Ake/Getty Images/Moment RF)

El 22 de agosto el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó, en segundo debate y con 133 votos a favor, el proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y al Código del Trabajo para Prevenir el Acoso Laboral. Así, se introduce el término “acoso laboral” en lugar de “hostigamiento laboral”.

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Pero, ¿cómo demostrar el acoso laboral?

Puede ser un proceso complejo si no se obtiene un asesoramiento adecuado. Ante esta situación, algunos abogados explican qué pasos se pueden llevar a cabo para probar estas acciones laborales.

El abogado Christian Herrera explica que a pesar de que no exista una legislación donde se incluya un procedimiento para demostrar que una persona sufre de acoso laboral, una de las pruebas clave son los testigos, quienes den testimonio de lo sucedido.

Esos testigos pueden ser compañeros, clientes u otras personas que hayan visto los incidentes. Sin embargo, conseguir testigos dentro de la empresa podría ser complicado debido al miedo que puedan tener de perder su trabajo.

Alex Terán, abogado del estudio jurídico Cátedra, explica que otra prueba fundamental es conseguir todos los documentos escritos posibles. Esos textos pueden ser cartas, circulares, correos, mensajes de texto, notificaciones de alguna disposición como un cambio de puesto o de salario.

¿Las grabaciones sirven? 

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Respecto a grabaciones, es indispensable tomar las precauciones ya que la Constitución reconoce y garantiza el derecho a la intimidad. Por esta razón, no se puede hacer grabaciones sin el consentimiento de los involucrados ya que se corre el riesgo de una futura demanda por daños y perjuicios.

Sin embargo, lo que sí se puede utilizar son notas de voz, entrevistas o declaraciones en un juicio, según explica el abogado Herrera. Las pruebas a modo de grabación de video también pueden funcionar. Pero, es importante que se verifique si en la empresa existen cámaras de seguridad para que se pueda solicitar las filmaciones del momento de acoso laboral. Sin embargo, el abogado Alberto Prado explica que siempre deberá ser un experto quien notifique la validez de dicha filmación.

¿Fotos?

Las fotografías también pueden ser parte de la evidencia. Pero, al igual que en el caso anterior, un experto deberá validarlas.

Cómo saber cuándo es acoso laboral

El abogado Alex Terán explica que Acoso laboral es “cuando el empleador a través de conductas de violencia psicológica, manifestada por medio de maltrato verbal o moral hacia al trabajador, genera un ambiente donde no exista condiciones positivas para laborar pudiendo causar graves daños psicológicos y físicos como son enfermedades tanto psíquicas y somáticas en los trabajadores (…) Y se crea un ambiente hostil que impide la ejecución normal del contrato de trabajo”.

El abogado Carlos Alberto Amaya López, Procurador de la Fundación Metropolitana, explica que “el acoso laboral se considera un acto discriminatorio y trasciende con la nueva normativa hasta los sindicatos y gremios, lo que podrá dar lugar al ejercicio de garantías constitucionales, toda vez que afecta derechos fundamentales como la no discriminación”.

¿Acoso laboral es lo mismo que acoso sexual en el trabajo? 

No es lo mismo. El acoso laboral  va relacionado a la explotación y denigración, según explica el abogado Christian Herrera. Además, señala que en el caso de que existan tratos discriminatorios se puede solicitar que se termine la relación laboral sin que esto afecte al curriculum vitae y logrando que se pague indemnizaciones.

La Constitución ecuatoriana en el artículo 33 regula lo siguiente:

 El trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía. El Estado garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado”.

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